Retencion En La Fuente Para Trabajd
HEIVAR VILLOTA LUNA
Conferencista: Esp. Heivar Villota Luna
Conferencista: Esp. Heivar Villota Luna
SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL
Art.5 ley 100/93
En desarrollo del artículo 48 de la Constitución
Política, organizase el Sistema de Seguridad Social
Integral cuya dirección, coordinación y control
estarán a cargo del Estado.
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SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL
INTEGRAL
Art.8 ley 100/93
REGIMEN
GENERAL DE
PENSIONES
REGIMEN
GENERAL DE
SALUD
Conferencista: Esp. Heivar Villota Luna
REGIMEN
GENERAL DE
RIESGOS
PROFESIONALES
APORTE
AFILIACION
COTIZACION
MORMA
BASE
PESOS
BASE COTIZACION
40% de los ingresos
brutos. Circular
Art. 1
Art. 3
IBC >= 1 SMLV >= $535.600 y
PENSION
000001de 2004.
Dec.510/03 Dec.510/03 y < 25 SMLV < $13.390.000
Min.Hacienda y de la
Protección Social
SALUD
ARP
Art. 157 Ley Art. 33 Ley IBC >= 1 SMLV >= $535.600 y
1393/10 y < 25 SMLV < $13.390.000
100/93
Art. 3 Dec.
2800/03
40% de los ingresos
brutos Art.23
Dec.1703/02
Res.
661/11
Ministerio IBC >= 1 SMLV >= $535.600 y 40% de los ingresos
de la
y < 25 SMLV < $13.390.000brutos
Protección
Social
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La tarifa de retención en la fuente a título de
impuesto sobre la renta, sobre los pagos o
abonos en cuenta por concepto de honorarios
y comisiones de que trata el inciso tercero del
artículo 392 del Estatuto Tributario, que
realicen los agentes retenedores en favor de loscontribuyentes del impuesto sobre la renta
que sean personas jurídicas y asimiladas, es el
once por ciento (11%) del respectivo pago o
abono en cuenta.
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Cuando el beneficiario del pago o abono en
cuenta por honorarios o comisiones, sea una
persona natural la tarifa de retención es del
diez por ciento (10%) y del (11%) en cualquiera
de los siguientescasos:
a.) Cuando del contrato se desprenda que los
ingresos que obtendrá la persona natural
beneficiaria del pago o abono en cuenta
superan en el año gravable 3.300 uvt (caso 1)
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b.) Cuando los pagos o abonos en cuenta
realizados durante el ejercicio gravable por un
mismo agente retenedor a una misma persona
natural superen en el año 3.300 uvt.En este
evento la tarifa del (11%) se aplicará a partir del
pago o abono en cuenta que sumado a los
pagos realizados en el mismo ejercicio
gravable exceda dicho valor. (caso 2)
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En la retención en la fuente por servicios se aplica
el 4% y el 6%.
Tarifa del 4%. Se aplica a las personas jurídicas, y
a las personas naturales que son declarantes derenta.
Tarifa del 6%. Se aplica a personas naturales que
no son declarantes de renta.
La retención se aplica cuando el valor del servicio
contratado es igual o superior a 4 uvt
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ART. 15 LEY 1429 de 29/12/10
A las personas independientes
que tengan un solo contrato de
prestación de servicios que noexceda de trescientos (300) UVT,
se les aplicará las mismas tasas de
retención de los asalariados
estipuladas en la tabla de
retención en la fuente contenida
en el artículo 383 modificado por
la Ley 1111 de 2006.
ART. 173 LEY 1450 de 16/06/11
A los trabajadores independientes
que
tengan
contratos
de
prestación de servicios al año, que
no exceda a trescientos (300) UVT
mensuales,se les aplicará la
misma tasa de retención de los
asalariados estipulada en la tabla
de retención en la fuente
contenida en el Artículo 383 del
E.T., modificado por la Ley 1111 de
2006.
Conferencista: Esp. Heivar Villota Luna
ART. 15 LEY 1429 de 29/12/10
Para el efecto, en el momento de
suscribir el respectivo contrato de
prestación de servicios, el
contratista deberá mediante...
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