Retenciones
MATERIAL INSTRUCCIONAL
RETENCIONES
PROFESOR: Lcdo. NERIO E. AGUILAR QUINTERO. MSc. MARACAIBO, FEBRERO 01, 2011 SEMESTRE: SEGUNDO 2010 Correo electrónico: naguilar41@yahoo.es Grupode estudio: http://es.groups.yahoo.com/group/TRIBUTARIAII
TRIBUTARIA II – PROF. NERIO E. AGUILAR QUINTERO – RETENCIONES DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA
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RETENCIONES
OBJETIVOS:
AL FINALIZAR EL TEMA LOS ALUMNOS ESTARÁN EN CAPACIDAD DE: ANALIZAR LAS NORMATIVAS EN MATERIA DE RETENCIONES, CONTENIDAS EN LA LEY DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y SU REGLAMENTO. APLICAR LAS NORMATIVAS ESTUDIADAS, ENLA SOLUCIÓN DE LOS PROBLEMAS PLANTEADOS A LOS CONTRIBUYENTES, EN MATERIA DE RETENCIONES Y EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS.
TRIBUTARIA II – PROF. NERIO E. AGUILAR QUINTERO – RETENCIONES DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA
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RETENCIONES
NORMATIVA LEGAL Articulo 236, Ordinal 10, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Código Orgánico Tributario: Art. 27,46, 113, 112, 118, 58, 115. Ley de Impuesto Sobre La Renta: Art. 27-Par. 8vo., del 34 al 49, 58, del 63 al 78, 85, 86.
DECRETO No. 1.808.
Del 23 de abril de 1997 (Gaceta Oficial No. 36.203 del 12-05-1997) REGLAMENTO PARCIAL DE LA LEY DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA EN MATERIA DE RETENCIONES
VIGENCIA:
12 de mayo de 1997
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NORMATIVA LEGAL EN MATERIA DE RETENCIONES (Compilación) Paginas de la 4 hasta la 13
CONSTITUCIÓN DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Artículo 236. Son atribuciones y obligaciones del Presidente o Presidenta de la República: … 10. Reglamentar total o parcialmente las leyes, sin alterar su espíritu, propósito o razón…
CÓDIGO ORGÁNICO TRIBUTARIO Artículo 27: Sonresponsables directos en calidad de agentes de retención o de percepción, las personas designadas por la ley o por la Administración previa autorización legal, que por sus funciones públicas o por razón de sus actividades privadas, intervengan en actos u operaciones en los cuales deban efectuar la retención o percepción del tributo correspondiente. Los agentes de retención o de percepción que losean por razón de sus actividades privadas, no tendrán el carácter de funcionarios públicos. Efectuada la retención o percepción, el agente es el único responsable ante el Fisco por el importe retenido o percibido. De no realizar la retención o percepción, responderá solidariamente con el contribuyente. El agente es responsable ante el contribuyente por las retenciones efectuadas sin normas legaleso reglamentarias que las autoricen. Si el agente enteró a la Administración lo retenido, el contribuyente podrá solicitar de la Administración Tributaria el reintegro o la compensación correspondiente. Parágrafo Primero: Se considerarán como no efectuados los egresos y gastos objeto de retención, cuando el pagador de los mismos no haya retenido y enterado el impuesto correspondiente conforme a losplazos que establezca la ley o su reglamento, salvo que demuestre haber efectuado efectivamente dicho egreso o gasto. Parágrafo Segundo: Las entidades de carácter público que revistan forma pública o privada, serán responsables de los tributos dejados de retener, percibir o enterar, sin perjuicio de la responsabilidad penal o administrativa que recaiga sobre la persona natural encargada deefectuar la retención, percepción o enteramiento respectivo. Artículo 46: Las prórrogas y demás facilidades para el pago de obligaciones no vencidas, podrán ser acordadas con carácter excepcional en casos particulares. A tal fin, los interesados deberán presentar solicitud al menos quince (15) días hábiles antes del vencimiento del plazo para el pago y sólo podrán ser concedidas cuando a juicio de la...
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