Toda Persona Tiene Derecho a La Educación
Hablar de un derecho a la educación es ante todo constatar el papel indispensable de los factores sociales en la formación del individuo.Los primeros transmisores sociales, educadores son el padre y la madre, o sea, la familia. Las principales condiciones sociales del hombre (los medios técnicos de producción, el lenguaje con elconjunto de las nociones cuya construcción hace posible, las costumbres y las normas de todo tipo) no vienen determinadas por la herencia, sino, que estas conductas se adquieren por transmisión externa, degeneración en generación, es decir por la educación y sólo se desarrollan en función de interacciones sociales múltiples y diferenciadas. El idioma no se fija hereditariamente y el niño aprendesiempre su lenguaje, llamado “lengua materna”, por una acción externa del ambiente familiar sobre sí. La adquisición de este tipo y la posesión de una cierta “función simbólica” no se dan sin unatransformación social externa (es decir, ante todo educativa) y la continuidad del lenguaje colectivo sería propiamente imposible.
Lo que es cierto del lenguaje (medio de expresión de los valores colectivos)los es también de estos mismos valores, así como las reglas que los rigen, empezando por dos sistemas de valores y de normas más importantes para la adaptación posterior del individuo con su ambiente:la lógica y la moral.
El derecho a la educación moral supone al igual que el derecho a la formación de la razón, un derecho de construir realmente participando en la elaboración de la disciplina queobligará a los mismos que han participado en su elaboración. Se trata de un derecho a forjar algunos instrumentos espirituales extremadamente valiosos, y cuya construcción reclama un ambiente socialespecífico, no constituido únicamente de sumisión.
Toda persona tiene el derecho a recibir de la sociedad la iniciación a las tradiciones culturales y morales. Antes de los 3 o 4 años, o de los 6...
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