Trabajo
Vulnerabilidad: es el factor de riesgo interno de un sujeto o sistema expuesto a una amenaza, correspondiente a su predisposición intrínseca a ser afectado o de ser susceptible a sufrir un daño. Corresponde a la predisposición o susceptibilidad física, económica, política o social que tiene una comunidad de ser afectada o de sufrir daños en caso deque un fenómeno desestabilizador de origen natural o entrópico se manifieste. La diferencia de vulnerabilidad del contexto social y material expuesto ante un fenómeno peligroso determina el carácter selectivo de la severidad de los efectos de dicho fenómeno. Una curva de vulnerabilidad o fragilidad sísmica es una función que relaciona la intensidad sísmica con el daño o pérdida esperada en unelemento expuesto específico.
Las vulnerabilidades son los aspectos de la sociedad que pre condicionan o hacen propensos a sectores, grupos, familias o individuos de sufrir pérdidas y de encontrar dificultades para recuperarse de éstas. Además de la vulnerabilidad física de los elementos expuestos ante una amenaza la vulnerabilidad tiene expresiones en términos de los niveles económicos y de bienestarde la población, en sus niveles de organización y educación, en sus características culturales e ideológicas, y, de forma relacionada, en términos de su localización en el territorio, con el manejo de su medio ambiente, y en las características y resiliencia de sus estructuras habitacionales y productivas y de su adecuación al medio físico próximo y a las amenazas que presenta.
Mitigación: es laplanificación y ejecución de medidas de intervención dirigidas a reducir o disminuir el riesgo. La mitigación es el resultado de la aceptación de que no es posible reducir el riesgo totalmente. Se refiere a aquellas medidas que pueden ser tomadas para reducir los factores de vulnerabilidad en la sociedad y así reducir la posibilidad o la magnitud de futuros desastres o daños en general. Estasmedidas suelen diferenciarse entre estructurales y no estructurales.
Estado de alarma: es un régimen excepcional que se declara para asegurar el restablecimiento de la normalidad de los poderes en una sociedad democrática.
Artículo Cuarto. El Gobierno, en uso de las facultades que le otorga el artículo 116.2 de la Constitución podrá declarar el Estado de Alarma, en todo o parte del territorionacional, cuando se produzca alguna de las siguientes alteraciones graves de la normalidad: Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud crisis sanitarias, tales como epidemias y situaciones de contaminación graves paralización de servicios públicos esenciales para la comunidad, y desabastecimiento deproductos de primera necesidad.
El estado de alarma es declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros por un plazo máximo de 15 días, dando cuenta al Congreso de los Diputados, reunido inmediatamente al efecto y sin cuya autorización no podrá ser prorrogado dicho plazo, y establecerá el alcance y condiciones vigentes durante la prorroga. El decreto determinará el ámbitoterritorial a que se extienden los efectos de la declaración.
Limitaciones durante un estado de Alarma: Limita la circulación o permanencia de personas o vehículos en horas y lugares determinados, o condicionarlas al cumplimiento de ciertos requisitos.
Practicar requisas temporales de todo tipo de bienes e imponer prestaciones personales obligatorias
Intervenir y ocupar transitoriamenteindustrias, fábricas, talleres, explotaciones o locales de cualquier naturaleza, con excepción de domicilios privados, dando cuenta de ello a los Ministerios interesados
Limitar o racionar el uso de servicios o el consumo de artículos de primera necesidad.
Impartir las órdenes necesarias para asegurar el abastecimiento de los mercados y el funcionamiento de los servicios y de los centros de...
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