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Decreto Supremo Nº 01 1998 Integrar socialmente a las personas con discapacidad Personas que presentes deficiencia mental, déficit visual, déficit auditivo, trastorno o déficit motor, graves alteraciones en la capacidad de relajación y comunicación, trastornos de la comunicación Oral. No especifica
Decreto Exento Nº 89 1990Aprobar Planes y programas de estudio para alumnos con Déficit Visual con o sin limitaciones agregadas que serán aplicados en Escuelas Especiales Personas con discapacidad visual Pedagogo, fonoaudiólogo, psicólogo, kinesiólogo, instructor en orientación y movilidad, terapeuta ocupacional y médico con fines remediales con aquellos alumnos que lo requieran.
Decreto exento N° 86 1990 Aplicarlos nuevos planes y programas para alumnos con trastornos de la comunicación (problemas auditivos) en establecimientos educacionales declarados cooperadores de la función educacional del estado. Niños con trastornos de la comunicación ( problemas auditivos) Equipo multidisciplinario (educador diferencial, fonoaudiólogo, psicólogo, kinesiólogo, terapeuta ocupacional y médicos).
Decreto supremo N°5771990 Procurar que se ofrezcan opciones educativas acordes a las reales necesidades de las personas que presentan trastornos motores. Establecer criterios técnicos que permitan sistematizar y favorecer el progreso del alumno con trastornos motores en el sistema escolar. Que el educando reciba servicios que posibiliten su desarrollo personal y participación en la sociedad. Niños con trastornosmotores y su familia. Equipo multidisciplinario.
Decreto supremo N°815 1990 Toda persona independiente de sus limitaciones físicas sensoriales y/o intelectuales debe tener acceso a la educación formal, y estas personas con una discapacidad requieren de un enfoque educativo diferente al que ya existe en la educación formal. Personas con trastornos autistas, personas con graves trastornos y / odéficit síquicos de la afectividad, intelecto y/o del comportamiento, y finalmente a personas con disfasias severa que presentan una alteración de la comprensión y expresión básica, comprometiendo su conexión con el medio ambiente sin que esté alterado el contacto afectivo. Equipo multiprofesional ; puede ser psiquiatra, enfermero, asistente social, terapia ocupacional, o educador diferencial, segúnel tratamiento que se le otorgue al paciente
Decreto exento N°87 1990 Proporcionar a escolares con discapacidad intelectual, un desarrollo de forma individualizada a partir de evaluaciones realizada por profesionales idóneos Una persona con deficiencia mental debidamente diagnosticada que corresponda al rango de leve moderada o severa Profesores para escuelas especiales
Decreto supremoN°1300 2002 Establece normas y mecanismos de aprendizaje para personas con trastornos específicos del lenguaje. Los niños mayores de 3 años con trastornos específicos del lenguaje Debe asistir al paciente en las horas de plan específico un fonoaudiólogo
Decreto N°291 1999 Atención de alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales, no asociadas a una discapacidad que presentan problema deaprendizaje y /o de adaptación escolar ya sea de carácter transitorio o permanente Niños de enseñanza básica Educadores diferenciales
Decreto N° 01398 1998 Otorgar licencia de enseñanza básica y certificado de competencias adquiridas de una persona con discapacidad Los alumnos de las escuelas especiales y de escuelas con integración escolar que apliquen los decretos de las discapacidadesasociadas para aprobar el último nivel de enseñanza básica no se especifica
Decreto supremo N° 374 1998 Lograr que todas las personas tengan el derecho a la educación autorizando la atención de los escolares hospitalizados Niños que por una rehabilitación o enfermedades no pueden estar en un salón de clases ya que deben permanecer hospitalizados Profesores de asignaturas (matemáticas, lenguaje,...
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