Unidad_05
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Publicado: 19 de octubre de 2015
Unidad 5. Las penas y las medidas de seguridad
Junto a la culpabilidad, aparecía históricamente, por influjo del positivismo penal, la llamada “peligrosidad”. Los sistemas
jurídicos vigentes basan sus reacciones (penas y medidas de seguridad) en ese doble fundamento teórico. Técnicamente
ambos conceptos son radicalmente distintos:
La culpabilidad deriva de una tradición queprogresivamente busca una humanización del Derecho Penal dando
creciente importancia al papel de la libertad del hombre como base de su responsabilidad. En el caso de que,
haciendo uso de su libertad cometiese un delito, se le castigaría con una pena.
La peligrosidad deriva de la metodología científica naturalista, que habría de negar la libre voluntad del individuo, y
por ello, que la reacciónpenal se basara en la culpabilidad. Si al delincuente se le castigaba, no era porque
libremente hubiese escogido el mal, sino porque con su acto manifestaba una “peligrosidad” que la sociedad debía
neutralizar con la aplicación de medidas de seguridad tendentes a la reeducación del sujeto, y, de no poder ser así,
a su definitiva inocuización.
Con el tiempo se acabaría aceptando un sistemadualista o de doble vía, según el cual el Derecho Penal puede fundamentar
sus reacciones, según la naturaleza del caso y la personalidad del autor, ya en la culpabilidad ya en la peligrosidad.
1. Monismo y dualismo
Conviene aclarar la diferencia entre estos dos términos:
Monismo. Significa, originariamente, que el Derecho Penal no puede contemplar otra clase de reacción que la pena.
Las tesismonistas iniciales se correspondían con las doctrinas retribucionistas puras.
Dualismo. Significa que el sistema penal concibe, junto a las penas fundadas en la culpabilidad, otras clases de
reacciones, las “medidas de seguridad”, de naturaleza educadora, terapéutica, rehabilitadora, que se fundan en la
peligrosidad del sujeto.
El CP / 1995 tiene regulados los estados peligrosos y las medidas deseguridad dentro del propio Código Penal, lo que plantea
el problema de procurar no dejar el sistema de medidas de seguridad fuera de las garantías penales, para evitar que a través
del llamado “fraude de etiquetas” se pudiera abrir una vía de represión incontrolada a través del sistema de doble vía.
La peligrosidad “post-delictual”, por otra parte, no debe despreciar los riesgos que encierra unaaceptación del “pronóstico
de peligrosidad” entendido como juicio libre y no sometido a fundamentos previos, que no son sólo la comisión de un hecho
delictivo, sino además, la precisión de las circunstancias en que es posible, aunque no obligado, declarar la peligrosidad del
sujeto y el sometimiento a medidas de seguridad, que es el criterio seguido por el CP de 1995.
2. La crisis de la doble vía osistema dualista
Hace ya bastante tiempo que la concordia en torno al sistema de doble vía, o, mejor dicho, a que el Derecho Penal dispone
alternativamente de penas y medidas, cada una con una función claramente delimitada, ha dejado de existir. Se aprecia en
los modernos movimientos legislativos un replanteamiento de la relación entre penas y medidas de seguridad. A ello se une
un notable procesode acercamiento de contenidos de unas y otras, pues ambas quieren orientarse político-criminalmente a
finalidades cada vez más parecidas.
Las maneras de entender la relación entre penas y medidas de seguridad han evolucionado en gran medida desde comienzos
de este siglo hasta la actualidad yendo desde la acumulabilidad hasta la alternatividad y el sistema vicarial. El problema se
centra en larelación entre penas y medidas que comporten privación de libertad, y respecto de esa relación pueden
destacarse algunos puntos:
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Se procura evitar en lo posible la acumulación de pena y medida, en la conciencia de que entraña alargamiento del
castigo más allá del límite inicialmente asignado al concreto delito, una...
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