4681 CODIGO DE AGUAS DE JUJUY
LEY N° 4681
DE EXPLOTACION DE ARIDOS
ARTICULO 1°.- La Dirección de Hidráulica de Jujuy, ejercerá el poder
de
Policía
en
artificiales
todo
los
(ríos,
Provincial;
cauces
arroyos,
controlando
de
los
etc.),
y
cursos
y
de
embalses,
delimitando
agua naturales y
en
el
territorio
riberas,
defensas,
encauzamientos, extracción yelaboración de áridos.
ARTICULO 2°.- El derecho de Explotación de Aridos será determinado en
la forma que establezca la Ley Impositiva.
Los
montos
a
percibir
en
concepto
de
derecho
de
Explotación de Aridos, por la Dirección de Hidráulica de Jujuy, serán
distribuidos
en
los
porcentajes
y
fines
que
a
continuación
se
enuncian:
a) a)
Un diez por ciento (10%) para la Dirección deHidráulica de
Jujuy, para ser aplicados preferentemente, a gastos operativos y de
administración;
b) b)
Un setenta por ciento (70%) para las obras de encauzamiento de
ríos,
arroyos
localidades
y
y
fuentes
de
ciudades;
agua;
desagües
defensas
pluviales;
de
poblaciones,
mantenimiento
y
conservación de calzadas, convenidas anualmente entre la Dirección
de Hidráulica de Jujuy y el Municipiode la zona de influencia del
Municipio
correspondiente
y,
para
la
preservación
del
ambiente
natural de los cauces y sus zonas de influencia, y
c) c)
Un veinte por ciento (20%) será aplicado a obras de defensas,
en cauzamientos y canalizaciones en Municipios de escasos recursos
económicos, prioridades que la Dirección de Hidráulica de Jujuy
determine en cada caso.
En los casos que laDirección de Hidráulica de Jujuy
conjuntamente
defensa
y
con
desagües
el
Municipio
pluviales,
afectado,
podrán
ser
convengan
las
considerados
obras
como
de
Obras
Reintegrables, creándose la obligación de contribuir a las mejoras,
por parte de los propietarios de inmuebles beneficiados.
ARTICULO
3°.-
Toda
extracción
deberá
realizarse
a
una
distancia
superior de doscientosmetros aguas arriba, y ciento cincuenta metros
aguas
abajo
del
lugar
de
emplazamiento
de
puentes
carreteros,
ferroviarios, tomas de agua o cualquier otra obra de arte; quedando
autorizada
la
Dirección
de
Hidráulica
de
Jujuy,
para
fijar
una
distancia mayor o menor cuando la circunstancias así lo determinen.
ARTICULO 4°.- Las reparticiones públicas nacionales, provinciales ymunicipales, previo a la ejecución de trabajos por vía administrativa,
quedan obligados a requerir a la Dirección de Hidráulica de Jujuy,
autorización del curso de agua y sector del mismo, del cual deberá
ejecutarse
extracciones
de
materiales
que
se
especifican
en
el
artículo primero, y control contra certificados del pago de derecho
correspondiente.
ARTICULO 5°.- La Dirección de Hidráulica deJujuy procederá a ordenar
la elaboración y tener en disponibilidad, análisis granulométricos,
estudios geológicos, levantamientos planialtimétricos de consulta de
todas las áreas de explotación de áridos en el territorio Provincial;
donde constarán las zonas de reserva, las de aprovechamiento común y
las destinadas a concesiones.
ARTICULO 6°.- Las contravenciones y las irregularidades en el registrode concesionarios y permisionarios en virtud de lo dispuesto por la
presente
Ley
y
su
reglamentación,
serán
reprimidos
con
multas
establecidas por el Poder Ejecutivo por cada infracción, siguiendo a
tal
efecto,
dispuesto
el
procedimiento
de
los
juicios
por
contravención
por el Código de Aguas, reglamentado mediante Decreto N°
1445-H-1967.
ARTICULO
7°.-
La
Dirección
deHidráulica
de
Jujuy
se
encuentra
facultada para decomisar, incautar y/o secuestrar, previa autorización
judicial, con el auxilio de la fuerza pública cuando fuere necesario,
las herramientas de trabajo y maquinarias que pertenezcan a personas
y/o empresas que infrinjan las normas y disposiciones vigentes para la
extracción, explotación y transporte de Aridos. Los Municipios también
poseen...
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