Abogado

Páginas: 8 (1914 palabras) Publicado: 15 de enero de 2014
La reforma del Código Penal y del Código Orgánico Procesal Penal (“COPP”) hecha por Decreto y sin consulta viola derechos humanos: se elimina la participación ciudadana de los jueces naturales (escabinos), con lo cual se cercena una de los temas centrales de la Constitución de 1999. Lo peor es que se sustituye el escabinado por el sistema comunal cubano, ya desaparecido en lo que fue la URSS,pero aun vigente en China.
El escabino es el Juez Natural por esencia. Se la llama en otros países juez ciudadano jurado, idóneo o lego. Su función es garantizar la objetividad en la fijación y análisis de los hechos. El Derecho y las leyes las interpretará el Juez profesional, letrado o legal. Por eso el complemento entre ambos es el correcto. El escabino no puede tener prejuicios o interesespolíticos, religiosos, profesionales o morales en contra o a favor de imputados o de víctimas. Debe ser imparcial. Es un grave error eliminar al escabinado. Quienes más pierden son el imputado, la víctima y la sociedad en su conjunto.
La administración de justicia, especialmente la penal, no puede ser hecha por decreto. Requiere consulta a la ciudadanía, debate entre expertos e interesados paraprocurar las mejores soluciones a los problemas que se quieren resolver. Con esta reforma el ciudadano pierde el derecho a participar y se elimina la contraloría social de la elaboración de los Códigos y de la administración de justicia en casos penales.
Además, dicha reforma no procede por falta de objeto y carencia de justificación: la Ley Habilitante (“LH”) fue concebida para resolver el problemasocial y humanitario derivado de las lluvias del año 2010 y no para resolver problemas como el retardo procesal, la criminalidad o el drama del hacinamiento penitenciario, etc. En tal sentido no existe relación lógica, factual ni jurídica que vincule el alcance del mandato expresado por la Asamblea Nacional con otros objetivos diferentes.
La vía de hacer uso de la LH no es legítima por invadiratribuciones exclusivas y excluyentes del órgano legislativo. Todos los asuntos que impliquen reformas a la administración de justicia, los procesos penales, los delitos y sus penas son de competencia del Poder Legislativo, jamás del Poder Ejecutivo. Así las cosas, esta falta de legitimidad sería un elemento de peso para considerar como una extralimitación o usurpación de funciones. Más aun si sedesvía del objetivo constitucionalmente establecido.
Adicionalmente, el principio de estricta legalidad penal exige que el órgano legislativo sea el único facultado para codificar, es decir, reunir de forma sistemática las normas especiales que rigen la materia jurídico penal. Se trata de un monopolio exclusivo y excluyente de carácter indiscutible en la era moderna y en cualquier democracia.La Constitución venezolana, considerada una de las más avanzadas del mundo, se basa en el esquema democrático de separación y autonomía de poderes. El Estado de Derecho y de Justicia, denominación constitucional de todo lo relacionado con el sistema de administración de justicia, los procesos y el funcionamiento del Poder Judicial reclama que no haya interferencias externas de forma alguna, salvola legislación que le regula, por eso la iniciativa de las leyes que le conciernen debe provenir de su seno y el órgano que debe aprobarla es el Legislativo.
Si lo que se quiere es reformar leyes para resolver los graves problemas del sub-sistema de justicia penal, empeorados y multiplicados por las malas reformas ¿por qué no se revierten las últimas reformas que causaron el problema? ¿Por quéno convocaron a los expertos? ¿Por qué nadie sabe quienes redactaron estos proyectos? ¿Por qué se desconocen los proyectos? ¿Dónde se hicieron los proyectos? Es imperativo que alguien responda.
El Código Penal y el COPP no son leyes cualesquiera. Son las más importantes en jerarquía luego de la Constitución. Deben desarrollarla mediante la tutela de los bienes jurídicos constitucionales, en...
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