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Páginas: 16 (3897 palabras) Publicado: 7 de mayo de 2014
Articulo Publicad el Derecho del Trabajo sobre ATE 2
El sistema de representación sindical y el derecho a percibirán salario Justo. Derecho del Trabajo. Agosto 2013.-
1.- Introducción.
La sentencia de la Corte Suprema de Justicia “ATE c/Municipalidad de Salta s/Acción de Inconstitucionalidad” es, sin ninguna duda, el cuestionamiento mas severo al “modelo sindical argentino”.
La AsociaciónTrabajadores del Estado en el año 2003 se opuso a la rebaja nominal del salario impuesta a los trabajadores municipales de la ciudad de Salta. Al efecto, una vez agotada la vía ordinaria, la Corte Provincial de Justicia se pronuncia negativamente aduciendo que la A.T.E. no tenia representación colectiva en la jurisdicción y que la misma era del Sindicato de Municipales de Salta.
La A.T.E.recurre el fallo vía extraordinaria y la Corte Suprema de Justicia de la Nación pone fin al litigio declarando la inconstitucionalidad del art. 31, inc. a) de la Ley 23.551 y del Decreto Municipal 5/2003 que dispuso la rebaja nominal del salario.
El fallo tiene dos aspectos fundamentales para las relaciones de trabajo: el sistema de representación sindical y el derecho a percibir un salario justo enel marco de emergencia económica, y el principio de intangibilidad salarial.
En estos comentarios solo me voy a referir a un aspecto: el de la representación de intereses individuales y colectivos, sin dejar de resaltar la importancia y el antecedente que implica la inconstitucionalidad del decreto municipal sobre rebaja nominal del salario.
2.- El Fallo y el sistema de representación de la leysindical.
La ley 23.551 de asociaciones sindicales establece que las entidades sindicales con personería gremial tienen como derecho exclusivo: “Defender y representar ante el Estado y los empleadores los intereses individuales y colectivos de los trabajadores”.
En cambio las entidades simplemente inscriptas solo podrán (Art. 23) “Peticionar y representar, a solicitud de parte, los interesesindividuales de sus afiliados; y Representar los intereses colectivos, cuando no hubiere en la misma actividad o categoría asociación con personería gremial”.
De ello se desprende que el modelo sindical argentino fue diseñado para que las entidades sindicales con personería tengan el monopolio de la representación individual y colectiva de los intereses de los trabajadores sin necesidad de mandato,y sin necesidad de que los trabajadores estén afiliados a dicha entidad sindical.
La representación de los intereses individuales y colectivos es “casi todo”, es el modo de ser sindicato; poder peticionar en representación de los trabajadores con alcance general (erga-omnes) los intereses individuales y colectivos ante el Estado y los empleadores, es la propia esencia del sujeto sindical que sedesarrolla en el ejercicio de la libertad sindical dinámica (huelga y negociación colectiva).
Un sindicato impedido de alguna de estas cualidades es “un sindicato no sindicato”.
Esta norma es la “espina dorsal” del modelo sindical argentino. Es la que garantiza la personería monopólica en el conflicto y la negociación colectiva. Digo bien, porque si se pierde el monopolio de representación en elconflicto hay posibilidades de perder también la representación en la negociación colectiva, especialmente la informal (acuerdos posteriores al conflicto).
Es la norma que intenta garantizar la “gobernabilidad” y afianzar el intervencionismo estatal. Al retener el sindicato con personería el monopolio de la representación en el conflicto y la negociación, aún cuando no fuera el titular de laacción específica, debía ser convocado por los poderes públicos al momento de la conciliación o de la negociación de las partes1. Garantiza la exclusividad del reclamo en el litigio judicial ante los intereses afectados por el Estado o los empleadores (en el caso que nos ocupa del Estado empleador).
Esto no es un razonamiento abstracto, sucede cotidianamente. El sindicato con personería gremial...
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