abogado

Páginas: 46 (11476 palabras) Publicado: 25 de junio de 2014
PODER LEGISLATIVO
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY: 9459
CÓDIGO ARANCELARIO PARA ABOGADOS
Y PROCURADORES
DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
TÍTULO I
RETRIBUCIÓN DE LA ACTIVIDAD PROFESIONAL
Capítulo I
Disposiciones Generales
Ámbito material de aplicación.
ARTÍCULO 1º.- EN el territorio de la Provincia de Córdoba, los
honorarios profesionales de abogados,procuradores y peritos
judiciales, se rigen por las disposiciones de la presente Ley, la que
reviste el carácter de supletoria para los supuestos en que no exista
pacto de honorarios.
Los peritos que se desempeñen en el proceso, deben ser tratados
con el mismo respeto y consideración que se debe a los abogados
según el artículo 17 de la Ley Provincial Nº 5805.
Pacto de honorarios.
ARTÍCULO2º.- LOS abogados y procuradores pueden pactar
libremente con su cliente el monto de sus honorarios en todo tipo de
procesos, dentro de los límites establecidos en la presente Ley. El
monto de los honorarios podrá ser reducido o renunciado conforme
a la libre voluntad de las partes, así como la forma y oportunidad de su
pago.
Los contratos de honorarios rigen las obligaciones entre laspartes
con total independencia de la condenación en costas que
correspondiere a la contraria.
Patrocinio obligatorio.
ARTÍCULO 3º.- EL que litigue por derecho propio o de personas
que estén bajo su representación legal, debe valerse de dirección
letrada para defenderse o ejercitar en juicio las acciones que deduzca,
salvo en los
comparendos, revocatorias de mandatos, cambios de domicilio y lamera interposición de recursos de apelación y nulidad.
Efecto.
ARTÍCULO 4º.- EL patrocinio letrado en todo escrito hace innecesaria
la ratificación de los patrocinados ante funcionarios judiciales o
administrativos.
Propiedad de los honorarios.
ARTÍCULO 5º.- LOS honorarios son de propiedad exclusiva
del profesional que los devengó.
Carácter de los honorarios.
ARTÍCULO 6º.- LOS honorariosprofesionales de abogados,
procuradores y peritos judiciales, revisten carácter alimentario.
Toda actividad profesional se presume onerosa.
Desde el momento en que se presenta el dictamen pericial, los
peritos adquieren el carácter de terceros interesados y en la
medida de su interés se encuentran facultados para tomar vista
del expediente y para solicitar la restitución de los autos sifuere
menester.
Capítulo II
Contrato de Honorarios y Pacto de Cuota Litis
Recibo anticipado.
ARTÍCULO 7º.- TODO recibo de honorarios, de fecha anterior
a la conclusión de la gestión profesional, se considera como pago
a cuenta del que corresponda según el arancel o acuerdo.
Registro de contratos.
ARTÍCULO 8º.- EL Colegio de Abogados registrará, a pedido
de parte, los contratos de honorariosy pactos de cuota litis.
Contratos prohibidos.
ARTÍCULO 9º.- ES nulo el contrato sobre participación de
honorarios entre un abogado o procurador y otra persona que
no ostente dichos títulos.
Renuncia intempestiva. Revocación de mandato con
causa.
ARTÍCULO 10.- LA renuncia intempestiva y sin causa del poder,
así como la revocación del mandato o poder imputable al
profesional antes determinar el juicio, declarada esta última por
resolución pasada en autoridad de cosa juzgada material, anula
el convenio sobre honorarios e implica la pérdida del derecho a
cobrar honorarios a su comitente en los supuestos previstos en la
presente Ley.
Cese anticipado de gestión profesional. Revocación sin
causa.
ARTÍCULO 11.- CUANDO el profesional se apartare de un
proceso o gestión antes desu conclusión normal, podrá solicitar
regulación provisoria de sus honorarios los que se fijarán conforme
a las actuaciones cumplidas. También podrá pedir regulación de
honorarios cuando la causa estuviere paralizada por más de un
(1) año por causas ajenas a su voluntad.
Para los supuestos previstos precedentemente, procede el
mínimo de regulación que pudiere corresponder, en virtud del...
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