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Páginas: 100 (24805 palabras) Publicado: 2 de marzo de 2013
Tutela judicial efectiva, control
de razonabilidad de las decisiones
judiciales y «canon reforzado»
de motivación en la doctrina
del Tribunal Constitucional
JESÚS R. MERCADER UGUINA*
2 J.A. MARTÍN, Naturaleza jurídica del Tribunal Constitucional,
Barelona, Ariel, 1998, p. 10.
3 F. RUBIO LLORENTE, J. JIMÉNEZ CAMPO, Estudios sobre
jurisdicción constitucional, Madrid, McGraw Hill, 1998,
p.7.
sobre la jurisdicción ordinaria, superioridad
que significa, en último extremo, vinculación
del poder judicial a la doctrina constitucional.
Ahora bien, el control que efectúa el Tribunal
Constitucional de las resoluciones dictadas
por los Tribunales ordinarios no se basa
en idénticos fundamentos que los adoptados
por éstos o, por mejor expresarlo, no existe
una perfecta simetría enlos mecanismos de
control que son utilizados por Tribunales
ordinarios y por el Constitucional. Ciertamente,
lo que controlan las distintas instancias
judiciales y lo que, en última instancia,
controla el Tribunal Supremo es la adecuada
prestación por el órgano judicial inferior de
los derechos e intereses legítimos en toda la
extensión que a éstos otorga el ordenamiento
jurídico. Se hadicho, en este sentido, que
«todos los recursos se conjugan con la intenci
ón de una resolución lo más correcta posible
»4, en suma, se trata de que la aplicación
del Derecho al caso concreto sea correcta.
Como señaló Carnelutti, «el error es inseparable
del juicio, y el proceso en este aspecto no
es ni más ni menos que un conjunto de precauciones
contra el error»5. De este modo y
«ante laposibilidad de que la sentencia no se
ajuste a Derecho, es decir, que sea desacertada,
el ordenamiento jurídico procesal crea la
figura de los recursos, cuya finalidad es la
corrección del error, para llegar, precisamente,
al acierto»6.
No es esta, sin embargo, la función del
Tribunal Constitucional. Ciertamente, el
máximo intérprete de la Constitución no
controla a través del recurso deamparo el
«acierto» del juzgador. Como reiteradamente
ha venido recordando en doctrina ya canónica,
el derecho a la tutela judicial efectiva del
art. 24.1 CE no comprende, en la dimensión
de control que corresponde a la jurisdicción
constitucional de amparo .que no es una tercera
instancia revisora ni tampoco una instancia
casacional. valorar «un imposible»,
esto es, «constatar el gradode acierto de una
determinada resolución judicial, ni indicar
la interpretación que haya de darse a la legalidad
ordinaria, función esta última que se
atribuye en exclusiva a los órganos judiciales
(art. 117.3 CE), pues el recurso de amparo
no es un cauce idóneo para corregir posibles
errores en la selección, interpretación y
aplicación del ordenamiento jurídico al
caso»7.
Como haseñalado Jiménez Campo, «[el]
derecho a la tutela judicial efectiva [.], ha
sido construido en la jurisprudencia constitucional
de acuerdo con un modelo de deferencia
o de respeto al juez ordinario que resulta, vista
la disociación jurisdiccional, inevitable,
pero que no debe confundir sobre su carácter
instrumental. Acaso derechos como [el] citado
deba ser «otra cosa» ante la jurisdicciónordinaria,
precisamente porque en su garantía los
tribunales no vienen ya obligados a observar
la distancia deferente que, por imperativo
institucional, mantiene el Tribunal Constitucional
cuando controla actos u omisiones del
Poder Judicial. En ámbito de la jurisdicción
ordinaria, el distingo entre cuestiones de
«constitucionalidad» y de «mera legalidad»
pierde todo sentido»8.
Sobre esa basede «deferencia constitucional
», el test que el Tribunal Constitucional
aplica al enjuiciar las vulneraciones de los
derechos del art. 24.1 CE imputadas al Poder
Judicial es en esencia el que se ha dado en llamar
test de razonabilidad. Dicho test se
encuentra integrado por cuatro criterios o
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