Aceptar Regalo
Existen dos tipos comunes de acuerdos dearrendamiento. Son los Alquileres (Leases) y las relaciones de alquiler en forma mensual. La diferencia básica que existe entre ellos es que un Contrato de Alquilerrequiere que el inquilino habite el inmueble durante un lapso específico y limita la capacidad del arrendador para modificar los términos del contrato. Un contratode alquiler debe manifestarse por escrito para que pueda tener validez.
Un inquilinato mensual tiene una duración indefinida, donde la renta generalmente seabona todos los meses. El acuerdo propiamente dicho podrá manifestarse en forma escrita o verbal. Sin embargo, si se abona algún tipo de monto o depósitoreembolsable, el contrato deberá expresarse por escrito.
El formulario que ofrecemos tiene la opción de proporcionar el lenguaje legal de rigor para ambos tipos
Regístrate para leer el documento completo.