Actividad del notario
De acuerdo al Maestro Larraud, considera cierta tal afirmación en el sentido de que el notario debe facilitar a los particulares la realización del derecho; ya que como conocedor del mismo podrá orientar y asesorar a las partes, tal y como lo marca la ley. Deberá entonces apoyarse en aquellos medios de los cuales habla Larraud, que le son conferidos por la ley.Para el Maestro Bernardo Pérez Fernández del Castillo las actividades del notario son "escuchar, interpretar y aconsejar a las partes; preparar, redactar, certificar, autorizar y reproducir el instrumento..." Dichas actividades las explica en el siguiente sentido:
A) Escuchar. Para que el notario pueda actuar en la celebración de un contrato o asesorar a una persona, debe escuchar a estasobre el asunto que le plantee, de este modo el notario como conocedor del derecho le podrá guiar y aclarar consecuencias que posiblemente el cliente no sabía que podrían suceder.
B) Interpretar. Mediante esta actividad el notario busca desentrañar el sentido de aquello que escuchó previamente y así buscar la manera de hacer cumplir la voluntad de su cliente.
C) Receptiva.- querecibe o es capaz de recibir.
D) Directiva o Asesora .- que tiene facultad o virtud de dirigir o dar consejo
E) Modeladora.- acción y efecto de modelar.
F) Legitimadora.- probar o justificar la verdad de una cosa.
G) Preventiva
H) Autenticándora.- de verdad, es el medio por el cual el notario certifica que dotado de presunción de verdad que por si mismo no lo tiene.ACTIVIDAD NOTARIAL PODER FUERA DE REGISTRO
Utilizado para realizar cobros por medio de apoderado, de remuneraciones, FONAHPU y otros beneficios, incluyendo reintegros y devengados, así como para realizar gestiones administrativas, reclamaciones, devolución de documentos de carácter personal, obtención de documentos de estudios, antecedentes penales, certificados de soltería. No es válido paratrámites bancarios, compra ventas, procesos judiciales (ver requisitos de escritura pública).
Es válido por 1 año.
Requisitos:
Estar inscrito al Consulado
Documento de identidad original: DNI
Datos del poderdante: nombres apellidos, número de DNI, dirección en Italia, estado civil
Datos del apoderado: nombres apellidos, número de DNI, dirección en el Perú, estado civil
El trámitees personal. Luego de que el Consulado hace entrega de la documentación al interesado/a, y una vez en el Perú, deberá ser legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú en Lima (Jr. Ucayali 318) o en las Oficinas descentralizadas de Arequipa, Cusco, Iquitos, Piura, Puno, Tacna, Tumbes).
PODER FUERA DE REGISTRO PARA COBRO DE PENSIÓN
Requisitos:
Estar inscrito al Consulado Documento de identidad original: DNI
datos de la institución de la que se es pensionista
Datos del poderdante: nombres apellidos, numero de DNI, dirección en Italia, estado civil
Datos del apoderado: nombres apellidos, numero de DNI, dirección en el Perú, estado civil
Los pensionistas tienen que enviar tanto el poder como un "Certificado de supervivencia" al Perú. En el casodel poder se renueva anualmente, y en el caso del certificado de supervivencia cada seis meses. El trámite es personal.
Luego de que el Consulado hace entrega de la documentación al interesado/a, y una vez en el Perú, deberá ser legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, en Lima (Jr. Ucayali 318) o en las Oficinas descentralizadas de Arequipa, Cusco, Iquitos, Piura, Puno,Tacna, Tumbes).
PODER ELEVADO A ESCRITURA PUBLICA
Los Funcionarios Consulares están facultados para elevar a Escritura Pública cualquier acto o contrato, siempre y cuando éste sea otorgado conforme a la legislación nacional y no se oponga al orden público, la moral o a las buenas costumbres; tal como lo establece los artículos 441 al 463 del Reglamento Consular del Perú y el Título II,...
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