México, Distrito Federal a dos de abril del año dos mil ocho. Con el escrito de cuenta y anexos que se acompañan fórmese expediente número 423/08 y regístrese en el Libro de Gobierno. Se tiene alC. LOPEZ GARCIA JAVIER demandando en la Vía ORDINARIA CIVIL el DIVORCIO NECESARIO de MARIA DEL PILAR RODRIGUEZ MANZO Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 95, 255, 256, 637 y demásrelativos del Código de Procedimientos Civiles se admite a trámite la presente demanda. Y por señalado el domicilio que indica para oír y recibir notificaciones así como documentos, y para los mismosefectos a los personas que indica. Debiéndose integrar la cédula de notificación con los insertos necesarios para que por conducto del C. Notificador y Ejecutor adscrito a este Juzgado se emplace,notifique y corra traslado a la demandada para que dentro del término de NUEVE DIAS produzca su contestación, apercibido que en caso omiso se le tendrá por contestada la misma en sentido negativo. Se decretala separación de los conyugues. Así mismo, gírese oficio al representante legal de la empresa GSK GLAXOSMITHKLINE, del grupo farmacéutico INNOVEX para que se sirva realizar el descuento antes citadoy sea entregado a los acreedores alimentarios por conducto del actor, los días de pago acostumbrados, asimismo se previene a dicho representante para que informe dentro del término de CINCO días acuanto ascienden los ingresos ordinarios y extraordinarias del demandado, asimismo en caso de despido, renuncia, baja o liquidación se le retenga en porcentaje antes citado, apercibido que en casoomiso se hará acreedor de algunas de las medidas de apremio contempladas en el artículo 61 y 73 delde procedimientos...
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