Adquisición de la ciudadanía en roma y adquisición de la nacionalidad en derecho español: concordancias y divergencias
Opción A) Adquisición de la ciudadanía en Roma y adquisición de la
nacionalidad enDerecho español: concordancias y divergencias.
La ciudadanía se puede definir como el derecho y la disposición de participar en una
comunidad con el fin de optimizar el bienestar público. Lanacionalidad española es el
vínculo jurídico que existe entre los ciudadanos de España y el Estado español. La ciudadanía
en el Imperio Romano era una posición social privilegiada en relación conlas leyes, el estatus
social, la propiedad y el acceso a posiciones de gobierno y se otorgaba a ciertos individuos.
Observaremos las causas de la adquisición de la ciudadania en el Imperio Romanopara ver las
coincidencias y las divergencias con la adquisición de la nacionalidad española.
Adquisición por nacimiento era la concesión de la ciudadanía que se otorgaba automáticamente
atodos los hijos de un matrimonio legal de un ciudadano romano en iustas nuptiae que era un
matrimonio de ciudadano romano con ciudadana romana o con mujer latina o peregrina que
tenía el iusconnubium. El nacido de personas no unidas en iustas nuptiae seguía la condición
de la madre en el momento del parto. Esta era la regla general, aunque existían casos singulares
que no se ajustabana la misma.
Nuestra legislación utiliza dos criterios para la adquisición de la nacionalidad. El primero es
aquel que otorga la nacionalidad de origen como consecuencia de la aplicación delprincipio
del ius sanguinis (el derecho de sangre), es decir, atendiendo a la filiación del nacido. El
segundo es aquel que otorga la nacionalidad de origen como consecuencia de la aplicación delprincipio del ius soli (el derecho de suelo), es decir, atendiendo al efectivo lugar de
nacimiento.Aunque el hecho de nacer en España no es suficiente para adquirir la nacionalidad.
Al...
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