aerolineas
Sin embargo, al correr el tiempo, por factores economicos principalmente, a este Convenio fue imperativo hacerle ajustes y enmiendas en forma deprotocolos aunque los ultimos cuatro no han sido ratificados por todos los estados participantes. No obstante lo anterior, existe una propuesta; un nuevo convenio, para la unificación y actualizacion delConvenio de Varsovia de 1929 realizado en Montreal a principios de 1999 sobre la explotación aérea en materia de transporte de pasajeros, equipaje, mercancía y de responsabilidad civil quien según elConvenio resulte afectado.
I. ESTUDIO DE LAS NORMAS CONVENIO DE VARSOVIA DE 1929
RELACIONADAS AL TRANSPORTE INTERNACIONAL DE
PASAJEROS, CARGA Y CORREO.
ARTÍCULO 1
La presente convención seaplicara a todo transporte internacional de personas, equipajes o mercancías, efectuado por aeronave mediante remuneración. Se aplicara también a los transportes gratuitos efectuados en aeronave poruna empresa de transporte aéreo.
Se calificara como “transporte internacional”, a los efectos de la presente Convención, todo transporte en el cual, según las estipulaciones de las partes, el puntode partida y el de destino, haya o no interrupción del transporte o trasbordo estén situados en territorios de do s Altas Partes Contratantes o en territorio sometido a la soberanía, dominio, mandatoo autoridad de la misma Alta Parte Contratante, no será considerado como internacional a los efectos de la siguiente comisión.
Para la aplicación de la presente convención, el transporte a...
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