Amparo
En el ámbito jurisdiccional, el interés superior del niño es un principio orientador de la actividad interpretativa relacionada concualquier norma jurídica que tenga que aplicarse a un niño en un caso concreto o que pueda afectar los intereses de algún menor. Este principio ordena la realización de una interpretación sistemáticaque, para darle sentido a la norma en cuestión, tome en cuenta los deberes de protección de los menores y los derechos especiales de éstos previstos en la Constitución, tratados internacionales y leyesde protección de la niñez. Cuando se trata de medidas legislativas o administrativas que afecten derechos de los menores, el interés superior del niño demanda de los órganos jurisdiccionales larealización de un escrutinio mucho más estricto en relación con la necesidad y proporcionalidad de la medida en cuestión.
Amparo directo en revisión 1187/2010. 1o. de septiembre de 2010. Cinco votos.Ponente: Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. Secretarios: Ana María Ibarra Olguín y Javier Mijangos y González.
Registro No. 162807. Localización: Novena Época. Instancia: Primera Sala. Fuente: SemanarioJudicial de la Federación y su Gaceta. XXXIII, Febrero de 2011. Página: 616
Tesis: 1a. XV/2011. Tesis Aislada. Materia(s): Constitucional.
JUICIOS DE GUARDA Y CUSTODIA. DE ACUERDO AL INTERÉS SUPERIORDEL NIÑO DEBE VALORARSE LA TOTALIDAD DEL MATERIAL PROBATORIO QUE OBRA EN AUTOS.
De acuerdo al interés superior del niño, en los procedimientos que directa o indirectamente trascienden los derechos delos menores, el juez debe decidir atendiendo al mayor beneficio del menor por lo que debe valorar todos los elementos probatorios que tenga a su alcance. En tal sentido, aun cuando en la demanda deguarda y custodia se omitan plantear hechos que podrían resultar perjudiciales para los menores, tal omisión no limita al juzgador a valorar el material probatorio en autos que pudiera corroborar tal...
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