Anticonstitucional Multa Diot
Esto si que es una excelente noticia y allana el camino para interponer medios de defensa ante las arbitrariedades dela autoridad fiscal:
Noticia publicada en:
El Sudcaliforniano
3 de diciembre de 2009
A raíz de un recurso de revocación administrativo presentado por el presidente de la Cámara de Comerciode La Paz, Carlos Lira Padilla, ante la Administración Jurídica de Ingresos del SAT, la dependencia reconoció la inconstitucionalidad de las multas de hasta 18 mil pesos que aplica a los contribuyentespor la omisión de la presentación de la Declaración Informativa de Operaciones a Terceros (DIOT).
El cobro correspondiente al caso de un contribuyente llevado por el también secretario de laConfederación de Cámaras de Comercio (Concanaco) fue cancelado por el SAT y a este siguieron otros promovidos por la Confederación.
Por su parte, el iniciador donó su tesis jurídica, por lo quecualquier contribuyente con el mismo caso podrá resolverlo y sin que ningún gestor cobre derechos.
La aportación del dirigente empresarial sudcaliforniano le valió el reconocimiento de la Confederación deCámaras de Comercio, de la Asociación Nacional de Fiscalistas, de colegios nacionales y organizaciones, por el beneficio directo a la iniciativa privada del país que haya sido afectada con los cobrosestratosféricos del SAT.
Carlos Lira Padilla dijo que su recurso de revocación ante la Administración Jurídica de Ingresos del SAT, consistió en que comprobó la inconstitucional del cobro de lamulta, después de que a los afiliados de Canaco La Paz llegaron por el valor de 18 mil pesos, “que en estos momentos de crisis es inaudito que un gobierno los aplique”, determinó.
Explicó que “estasmultas pueden dejarse sin efectos por vicios de forma en la fundamentación de la competencia, indebida motivación legal, ilegal notificación del requerimiento. No existe sanción para la presentación...
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