Aplicación Del Artículo 112 Del R.G.L.O.E.
DEPARTAMENTO DE CONTROL DE ESTUDIOS
APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 112 DEL R.G.L.O.E.
GACETA OFICIAL Nº 36787 DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA (15-09-1999)-REFORMA PARCIAL DEL REGLAMENTO GENERAL DE LA LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN.
Artículo 20: Se modifica el artículo 112, el cual quedará redactado de la siguiente forma:
| |Artículo 112:Cuando el treinta por ciento (30%) o más de los alumnos no alcanzare la calificación mínima | |
| |aprobatoria en las evaluaciones parciales, finales de lapso orevisión, se aplicara a los interesados dentro de | |
| |los tres (3) días hábiles siguientes a la publicación de dicha calificación, una segunda forma de evaluación ||
| |similar, sobre los mismos objetivos, contenidos y competencias, bajo la supervisión y control del Director del | |
| |plantel o de cualquierautoridad designada por el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, todo ello sin | |
| |perjuicio de los análisis que resulten aconsejables y procedentes según elcaso. La calificación obtenida en | |
| |esta segunda oportunidad será la definitiva. ||
Se debe seguir los siguientes pasos:
1.- Es imprescindible que el docente revise el contenido de la prueba y analice las posibles causas del bajo rendimiento de los alumnos (as).Estarevisión podrá servir de actividad remedial exigida según CIRCULAR Nº 01, del 21 de enero de 2003, emanada por el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes.
2.- La solicitud de repetición de la pruebadeberá hacerse por escrito y firmadaza por cada uno (a) de los alumnos (as). Interesados (as). El formato de esta solicitud será entregado por el Departamento de Control de Estudios.
3.- La firma de...
Regístrate para leer el documento completo.