art. 135-A Ley Aduanera
135-A. Autorización para destinar mercancías al régimen de recinto fiscalizado estratégico
Las personas que tengan el uso o goce de inmuebles ubicadosdentro del recinto fiscalizado estratégico habilitado en los términos del artículo 14-D de esta Ley, podrán solicitar la autorización para destinar mercancías al régimen de recinto fiscalizadoestratégico. No podrán obtener la autorización a que se refiere este artículo, las personas que cuenten con la autorización para administrar el recinto fiscalizado estratégico.
Ley Aduanera 14, 14-D, 135-B,135-C, 135-D, 186-XXIII, 187-XV, Tr 2014-3 y 4 RCE 2012/2013 2.3.1., 2.3.6., 2.3.8. y 4.8.1. RCCGMCE 3.2.24. Decretos CCE X-3, 5, 6, 7 y 8 LISR 31-XV y 125 últ. pfo. LIESPYS 13-I y LIVA 9 últ. pfo.25-I y
(Ad) También podrán obtener la autorización a que se refiere este artículo, las personas que cuenten con la concesión o la autorización para prestar los servicios de manejo, almacenaje ycustodia de mercancías de comercio exterior. El Servicio de Administración Tributaria señalará en la autorización respectiva las medidas de control para distinguir las mercancías sujetas a este régimen, delas que se encuentren en depósito ante la aduana.
Ley Aduanera 2-III, 14, 14-A, 14-B, 23, Tr 2014-3 y 4 RCE 2013/2014 Capítulo 4.8 y Glosario de Definiciones y Acrónimos
Para que proceda laautorización a que se refiere este artículo, se deberá acreditar ser persona moral constituida de conformidad con las leyes mexicanas, su solvencia económica, su capacidad técnica, administrativa yfinanciera, así como la de sus accionistas, estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, y cumplir con los requisitos que señale el Servicio de Administración Tributaria mediantereglas.
RCE 2012/2013 2.3.6. y 4.8.1. Decretos CCE X-10 LISR 8 Código Civil 25, 26 y 28
La autorización se podrá otorgar hasta por un plazo de veinte años, el cual podrá prorrogarse a solicitud del...
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