Articulo 123 y 130
Artículo 123. Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social para el trabajo, conforme a laley. (Adicionado mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 19 de diciembre de 1978)
El congreso de la unión, sin contravenir a las bases siguientes, deberá expedir leyessobre el trabajo, las cuales regirán:
entre los obreros, jornaleros, empleados domésticos, artesanos y de una manera general, todo contrato de trabajo:
-La duración de la jornada máxima será de ochohoras.
-La jornada máxima de trabajo nocturno será de 7 horas. quedan prohibidas: las labores insalubres o peligrosas, el trabajo nocturno industrial y todo otro trabajo después de las diez de lanoche, de los menores de dieciséis años.
-Por cada seis días de trabajo deberá disfrutar el operario de un día de descanso, cuando menos.
-El salario deberá pagarse precisamente en moneda de cursolegal, no siendo permitido hacerlo efectivo con mercancías, ni con vales, fichas o cualquier otro representativo con que se pretenda sustituir la moneda.
-Queda prohibida la utilización del trabajo delos menores de catorce años. los mayores de esta edad y menores de dieciséis tendrán como jornada máxima la de seis horas.
-Por cada seis días de trabajo deberá disfrutar el operario de un día dedescanso, cuando menos.
-Las mujeres durante el embarazo no realizaran trabajos que exijan un esfuerzo considerable y signifiquen un peligro para su salud en relación con la gestación; gozaranforzosamente de un descanso de seis semanas anteriores a la fecha fijada aproximadamente para el parto y seis semanas posteriores al mismo, debiendo percibir su salario integro y conservar su empleo y losderechos que hubieren adquirido por la relación de trabajo.
-Los salarios mínimos generales deberán ser suficientes para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia, para trabajo debe...
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