Articulo 4
A toda petición, deberá recaer un acuerdo escrito de la Autoridad a quiense haya dirigido, la cual tiene obligación de hacerlo conocer al peticionario en breve término.
Toda persona tiene derecho de acceder a la Información Publica conforme a la Ley de laMateria y estará garantizada por el Estado.
Artículo 4 Ter. Es inviolable la libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquier materia. Ninguna ley ni Autoridad pueden establecerla previa censura, ni exigir fianza a los autores o impresores, ni coartar la libertad de imprenta, que no tiene más límites que el respeto a la vida privada, a la moral y a la pazpública. En ningún caso podrá secuestrarse la imprenta como instrumento del delito.
No están obligados a declarar sobre la información que reciban, conozcan o tengan en su poder losperiodistas, como información de carácter reservada, así como los profesionistas, los ministros de cualquier culto con motivo del ejercicio de su ministerio y los servidores públicos que desempeñencualquier otro empleo, cargo oficio o profesión, cuando la Ley reconozca el deber de guardar reserva o secreto profesional.
Los habitantes del Estado gozan del derecho a que le searespetado su honor, su crédito y su prestigio.
El derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la Ley.
Escuela secundaria técnica 49
“AbundioMartínez”
Luz Careen, francisco, brisa, Kevin
Florina Hernández navarro
Asignatura estatal
Tema:
Derechos fundamentales
Instrumentos jurídicos salvan guardan los derechos
1f
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