ASUTORIDADES INDIANAS
Ley de sociedad y Convivencia del D.F.
¿Qué es la ley de sociedad y convivencia?
Es la figura jurídica creada por la ADLF para regular la convivencia de dos personas físicasde diferente o del mismo sexo que pretenden establecer un hogar común, con permanencia y ayuda mutua, es un acto jurídico bilateral. La sociedad de convivencia debe hacerse por escrito, mismo que seráratificado y registrado ante la Dirección General Jurídica y de Gobierno del Órgano político Administrativo del domicilio donde se establezca el hogar común, instancia que actuara como autoridadregistradora.
¿Quién avala dicha ley?
La ley de sociedad y convivencia deberá hacerse constar por escrito, mismo que será ratificado y registrado ante la Dirección General jurídica y de Gobierno deÓrgano Político Administrativo del domicilio donde se establezca el hogar en común, instancia que actuara como autoridad registradora.
¿Quiénes la puede llevar a cabo?
Se constituye cuando dospersonas físicas de diferente o del mismo sexo, mayores de edad y con capacidad jurídica plena, establecen un hogar en común, con voluntad de permanencia y de ayuda mutua, obligando a las o losconvivientes, a establecer un hogar, surtiendo efectos contra terceros cuando la sociedad es registrada ante la dirección General Jurídica y de Gobierno de Órgano político-Administrativo correspondiente.¿Quiénes no la pueden llevar a cabo?
No la pueden constituir las personas unidas en matrimonio, concubinato y aquellas que mantengan vigente otra sociedad de convivencia. Tampoco podrán celebrarla, losparientes consanguíneos en línea recta sin límite de grado o colaterales hasta el cuarto grado.
¿Cómo se rige esta Ley y que obligaciones genera?
La ley de sociedad se regirá, en lo que fuere aplicable,en los términos de concubinato y las relaciones jurídicas que se derivan de este último, y se producirán entre los convivientes. Y esta se rige conforme a lo dispuesto en el art. 16 de dicha ley...
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