Banca y mercado de valores
De las sociedades administradoras de fondos y fideicomisos
Art. 97
.- Del objeto y constitución.- Las administradoras de fondos y fideicomisos deben constituirse bajo la especie decompañías o sociedades anónimas. Su objeto social está limitado a:
a) Administrar fondos de inversión;
b) Administrar negocios fiduciarios, definidos en esta Ley;
c) Actuar como emisores deprocesos de titularización; y,
d) Representar fondos internacionales de inversión.
Para ejercer la actividad de administradora de negocios fiduciarios y actuar como emisora en procesos detitularización, deberán sujetarse a las disposiciones relativas a fideicomiso mercantil y titularización que constan en esta Ley.
Art. 98
.- Del capital mínimo y autorización de funcionamiento.- Lasadministradoras de fondos que tengan como objeto social únicamente el de administrar fondos de inversión o representen fondos internacionales, requerirán de un capital suscrito y pagado de doscientos sesentay dos mil ochocientos noventa (262.890) dólares de los Estados Unidos de América; las administradoras de fondos y fideicomisos que tengan como objeto social únicamente la actividad fiduciaria yparticipen en procesos de titularización deberán acreditar un capital suscrito y pagado de doscientos sesenta y dos mil ochocientos noventa (262.890) dólares de los Estados Unidos de América.
En casode que la administradora de fondos y fideicomisos se dedicare tanto a administrar fondos de inversión y fideicomisos y participe en procesos de titularización, requerirá de un capital suscrito y pagadoadicional al mencionado en el inciso anterior de ciento treinta y un mil cuatrocientos cuarenta y cinco (131.445) dólares de los Estados Unidos de América, y una autorización adicional por parte dela Superintendencia de Compañías. El C.N.V, determinará para este último caso, los parámetros técnicos mínimos requeridos. El capital de las sociedades administradoras de fondos estará dividido en...
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