bollila 7 de la instituciones del derecho civil de Rivera

Páginas: 28 (6871 palabras) Publicado: 11 de mayo de 2013
CAPÍTULO XIX
EXTINCIÓN DE LA PERSONA FÍSICA i
I. LA MUERTE NATURAL
795. CAUSAS DE EXTINCIÓN DE LA PERSONA FÍSICA
La persona física se extingue, deja de ser tal, por la muerte, a la que el Código califica de natura l en su artículo 103. El calificativo de "natural" es irrelevante, pues tiende sólo a distinguir la muerte como hecho, de la muerte civil, sanción que se imponía en ciertasépocas de la humanidad (v. infra, ni 796).
Por lo demás, sea que la muerte acaezca por causa s naturales, cuanto por suicidio o por la acción de otra persona o por un accidente, lo cierto es que sus efectos son siempre los de la muerte "natural".
Además, los efectos jurídicos de la muerte se producen por una declaración judicial de fallecimiento presunto, materia regulada por la ley 14.394 (v.infra, n9814).
796. MUERTE CIVIL. SU EXCLUSIÓN DEL DERECHO POSITIVO
La muerte civil es la institución por la cual la persona físicamente tiene existencia, pero el derecho la considera muerta, porque pierde sus derechos civiles y políticos, y se producen los efectos de la muerte.
Esta institución rigió en la Antigüedad, y fue suprimida por todos los códigos modernos. Eran considerados civilmentemuertos los religiosos profesos (realizan votos solemnes de pobreza, obediencia y castidad) y los condenados por delitos graves. En la práctica operaba de la siguiente manera. Declarada la muerte civil, la persona perdía los derechos civiles y políticos, se abría su sucesión si la persona era casada, se disolvía el vínculo matrimonial; y si tenía hijos, éstos se consideraban huérfanos.Manifiesto es que la figura en cuestión es incompatible con la dignidad humana, por lo que el artículo 103 en su segunda parte, dispone: "[...] La muer te civil no tendrá lugar en ningún caso, ni por pena, ni por profesión en las comunidades religiosas".
797. CONCEPTO MÉDICO DE MUERTE NATURAL 2
Resulta generalmente aceptada una definición según la cual: "muerte es el cese de las funciones vitales,celular, tisular y visceral. Ocurre cuando claudican los sistemas circulatorio, respiratorio y nervio-so, pudiendo definirse entonces, como el cese definitivo e irreversible de
Las funciones autónoma s (pulmón, corazón y cerebro) y de la oxigenación viscerotisular con pérdida de las relaciones sujeto-mundo circundante y de la condición de ente humano de existencia visible" (Bonnet).
De todosmodos, la determinación del momento de la muerte no es tarea simple en el estado actual de los conocimientos científicos. Prueba de ello es la evolución que ha tenido la legislación específica en materia de trasplantes, a la que aludimos en el número siguiente.
798. EL CONCEPTO DE MUERTE EN LA LEY DE TRASPLANTES
a) Criterio de la ley 21.541
El artículo 2- de la ley 21.541 establecía que:"Exclusivamente a los fines de esta ley también será admisible la certificación del fallecimiento del dador mediante juicio médico determinado por u n equipo [...] quienes determinarán dicho estado por comprobaciones cerebrales [...]".
Se advierte que la ley 21.541 se refería sólo a las funciones cerebrales, con lo cual se podía arribar a la extracción de órganos vitales a personas cuyo cerebro seencontraba inactivo (de manera irreversible), pero en las que se mantenían las funciones cardiorespiratorias.
Según Yungano, esto importaba distinguir dos tipos de muerte (una real y otra a los fines de la Ley de Trasplantes), y se consagraba la distinción entre muerte clínica —en la que cesa la actividad de la mas a encefálica, aunque subsistan algunas funciones—y muerte biológica, en la que seproduce la cesación de todas las funciones.
b) El decreto reglamentario
El decreto 3011/1977, reglamentarlo de la ley 21.541, dispuso que a los fines de la certificación del fallecimiento del dador, debía efectuarse "también" la comprobación en su totalidad y como mínimo de algunos signos, a los que ya nos hemos referido (v. supra, nQ 754).
Sin embargo, destacamos que algunos de esos signos...
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