bordali

Páginas: 73 (18156 palabras) Publicado: 21 de abril de 2014
Revista
2007] de Derecho

Vol. XX - Nº 1 Julio 2007
JURISPRUDENCIA- COMENTADA

Páginas 289-328
289

SENTENCIA SOBRE DEBIDO PROCESO ANTE
LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO (CORTE INTERAMERICANA
DE DERECHOS HUMANOS)
Caso Claude Reyes y otros vs. Chile
Sentencia de 19 de septiembre de 2006
Comentario de Andrés Bordalí Salamanca
En el caso Claude Reyes y otros,
la CorteInteramericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte Interamericana”,
“la Corte” o “el Tribunal”), integrada por los siguientes jueces*:
Sergio García Ramírez, Presidente;
Alirio Abreu Burelli, Vicepresidente;
Antônio A. Cançado Trindade, Juez;
Cecilia Medina Quiroga, Jueza;
Manuel E. Ventura Robles, Juez; y
Diego García-Sayán, Juez;
presentes, además,
Pablo Saavedra Alessandri, Secretario, yEmilia Segares Rodríguez, Secretaria Adjunta;
de conformidad con los artículos 62.3 y 63.1 de la Convención Americana sobre
Derechos Humanos (en adelante “la Convención” o “la Convención Americana”) y con
los artículos 29, 31, 56 y 58 del Reglamento de la Corte (en adelante “el Reglamento”),
dicta la presente Sentencia.

* El Juez Oliver Jackman no participó en la deliberación y firma de lapresente Sentencia, ya que
informó que, por motivos de fuerza mayor, no podría participar en el LXXII Período Ordinario de Sesiones
del Tribunal.

290

REVISTA DE DERECHO

[VOLUMEN XX- Nº 1

I. Introducción de la Causa
1. El 8 de julio de 2005, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 50 y 61
de la Convención Americana, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos
(enadelante “la Comisión” o “la Comisión Interamericana”) sometió ante la Corte
una demanda contra el Estado de Chile (en adelante “el Estado” o “Chile”). Dicha
demanda se originó en la denuncia No. 12.108, recibida en la Secretaría de la
Comisión el 17 de diciembre de 1998.
2. La Comisión presentó la demanda con el fin de que la Corte declare que el Estado
es responsable por la violación de losderechos consagrados en los artículos 13
(Libertad de Pensamiento y de Expresión) y 25 (Derecho a la Protección Judicial)
de la Convención Americana, en relación con las obligaciones establecidas en
los artículos 1.1 (Obligación de Respetar los Derechos) y 2 (Deber de Adoptar
Disposiciones de Derechos Interno) de la misma, en perjuicio de los señores
Marcel Claude Reyes, Sebastián Cox Urrejolay Arturo Longton Guerrero.
3. Los hechos expuestos por la Comisión en la demanda habrían ocurrido entre mayo
y agosto de 1998 y se refieren a la supuesta negativa del Estado de brindar a los
señores Marcel Claude Reyes, Sebastián Cox Urrejola y Arturo Longton Guerrero
toda la información que requerían del Comité de Inversiones Extranjeras, en relación con la empresa forestal Trillium y elProyecto Río Cóndor, el cual era un
proyecto de deforestación que se llevaría a cabo en la décimo segunda región de
Chile y “p[odía] ser perjudicial para el medio ambiente e impedir el desarrollo
sostenible de Chile”.  La Comisión indicó que tal negativa se dio sin que el Estado
“argumentar[a] una justificación válida de acuerdo con la legislación chilena”,
así como a que supuestamente “no [les]otorgó un recurso judicial efectivo para
impugnar una violación del derecho al acceso a la información” y “no [les] aseguró los derechos al acceso a la información y a la protección judicial, ni contó
con mecanismos establecidos para garantizar el derecho al acceso a la información
pública”.
4. Asimismo, la Comisión solicitó a la Corte que, de conformidad con el artículo
63.1 de laConvención, ordene al Estado que adopte determinadas medidas de
reparación indicadas en la demanda. Por último, solicitó al Tribunal que ordene
al Estado el pago de las costas y gastos generados en la tramitación del caso en la
jurisdicción interna y ante los órganos del Sistema Interamericano.

II. Competencia
5. La Corte es competente para conocer el presente caso, en los términos de los...
Leer documento completo

Regístrate para leer el documento completo.

Estos documentos también te pueden resultar útiles

  • bordali- tutela judicial
  • Bordali

Conviértase en miembro formal de Buenas Tareas

INSCRÍBETE - ES GRATIS