Caducidad

Páginas: 10 (2459 palabras) Publicado: 14 de febrero de 2013
CADUCIDAD, PRESCRIPCIÓN, CONTRATO DE DONACIÓN Y CESIÓN DE DERECHOS

1. DIFERENCIAS ENTRE CADUCIDAD Y PRESCRIPCIÓN
CADUCIDAD | PRESCRIPCION |
1. Es de orden público. | 1. La prescripción no lo es. |
2. No es renunciable. | 2. si es renunciable (expresa o Tácitamente). |
3. No admite suspensión ni interrupción | 3. Si admite suspensión e interrupción detérminos. Se interrumpe naturalmente: cuando el deudor reconoce la obligación y civilmente: con la demanda judicial. |
4. La Caducidad no implica una obligación previa, por que nace de una norma legal objetiva. | 4. La Prescripción, por su parte, supone la preexistencia de una obligación, pues sus términos comienzan a correr desde que tal obligación se hizo exigible. |

1.2 CADUCIDAD DE LOSTITULOS VALORES
En lo relacionado con la caducidad de los títulos valores, esta se rige por los siguientes artículos del código de comercio.
* El artículo 718 (CHEQUE). Deberán presentarse para su pago: dentro de los quince (15) días hábiles a partir de su fecha, si fueren pagaderos en el mismo lugar de su expedición; dentro de un mes, si fueren pagaderos en el mismo país de su expedición,pero en lugar distinto al de esta; dentro de tres (3) meses, si fuere expedidos en algún país latinoamericano y pagaderos en algún otro país de América Latina, y dentro de cuatro (4) meses, si fueren expedidos en algún país latinoamericano para ser pagados fuera de América Latina.
* Y el articulo 673 (LETRA DE CAMBIO). Puede ser girada; a la vista, a un día cierto, sea determinado o no; convencimientos ciertos y sucesivos, y a un día cierto después de la fecha o de la vista.

Para la letra de cambio han de tenerse en cuenta las formas de vencimiento de la letra que señala el artículo 673, citado.
“Se entiende por CADUCIDAD también la sanción que se impone al beneficiario de un cheque que por no presentarlo para su pago dentro de los quince (15) días siguientes a la fechaprevista para el pago (art. 718.1) siempre y cuando el girador demuestre haber tenido la provisión de fondos suficiente para su cancelación en el momento previsto”.
Para hablar de Caducidad nos remitimos a la sentencia T 284 del 27 de marzo de 2008 frente a la corte se a precisado acción de tutela para salvaguardar el derecho fundamental de Habeas Data, donde se exige que se haya agotado el requisitode procesabilidad, consiste en que el actor haya hecho solicitud previa a la entidad el alcance del derecho fundamental, principio de libertad en la administración de datos personales y limite temporal del dato negativo el termino máximo actual de almacenamiento de datos de todas las personas que no han cancelado sus obligaciones crediticias es de diez (10) años contados a partir del momento enque la obligación se hizo exigible por tanto la oportunidad para reportar en una base de datos un deudor incumplido, comenzara a correr desde el día siguiente en el cual se hizo exigible la obligación e igualmente si el dato se ha reportado a una central de información no puede permanecer allí por más de diez (10) años pues dicho dato negativo o caducado debe ser eliminado o cuando una personapermanece en mora en relación con una obligación este dato negativo tendrá una diez años que es el mismo termino de caducidad de la acción civil ordinaria por lo cual se concluye que la caducidad es un derecho ante la existencia de una situación donde el sujeto tiene potestad de ejercer un acto que tendrá efectos jurídicos no lo hace dentro de un lapso de tiempo pierde el derecho de entablar la accióncorrespondiente.

1.2 PRESCRIPCIÓN DE LOS TÍTULOS VALORES
La Prescripción de la acción cambiaria es una sanción para el tenedor de un titulo valor que no inicia en tiempo las acciones pertinentes.
En el caso del cheque la prescripción es de seis (6) meses en todos los casos. Y tratándose de letra de cambio la Prescripción opera así: tres (3) años para el obligado directo –principal– y un...
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