Café fracción arancelaria
Capítulo: 09 Café, té, yerba mate y especias
Partida: 0901 Café, incluso tostado o descafeinado; cáscara y cascarilla de café; sucedáneos del café quecontengan café en cualquier proporción.
- Café sin tostar:
SubPartida: 090111 -- Sin descafeinar.
Fracción: 09011101 Variedad robusta.
RESTRICCIONES:
A la Importación:
Certificado Fitosanitariode la SAGARPA, previa inspección con el objeto de revisar y certificar que el producto se encuentren libre de plagas y enfermedades (El Certificado se otorga en términos del Art. 9del Acuerdo, previacomprobación del cumplimiento de la NOM fitosanitaria o de la HRF) ;
A la Exportación:
Certificado de Origen expedido por la Asociación Mexicana de la Cadena Productiva del Café, A.C. (Únicamentecuando se destine al régimen de exportación definitiva)
ANEXOS:
Anexo 27: Su importación no está sujeta al pago del IVA (RCGMCE 5.2.11.)
CUPOS:
Para Importar de:
Para Exportar a:OBSERVACIONES:
Generales:
En Importación:
• ! URGENTE ¡ Derivado de los siniestros ocurridos en Japón, la COFEPRIS trabaja de manera conjunta con el SAT y con el SENASICA para enfrentar la contingencia porradiación (Circular G-0086/11). En este sentido, COFEPRIS dió a conocer la información que está solicitando a las empresas que importen alimentos de origen o provenientes de Japón, misma que deberánenviar a la comisión de Operación Sanitaria, PREVIO al envío del embarque de la mercancía (Circular G-0087/11). Cuando las mercancías no provengan directamente de Japón, se deberá asentar en elpedimento el identificador “NE”, con el complemento 17 “No es procedente de Japón” (Boletin P058/11). Por lo anterior, a partir del 30 de marzo de 2011 y hasta que lo indiquen las autoridades competentes,únicamente las Aduana de Manzanillo, de Veracruz y del AICM están autorizadas para importar esta mercancía, cuando provenga de Japón (Circular G-0088/11). Criterio confirmado en el Art. 11°.Resolutivo...
Regístrate para leer el documento completo.