CAMILA CALDER N
Señor
JUEZ CIVIL MUNICIPAL DE VALLEDUPAR (REPARTO)
E. S. D.
REF: ACCIÓN DE TUTELA .
ACCIONANTE : CAMILA ESTHER CALDERÓN GUTIERREZ
ACCIONADA: SALUDCOOP EPS
JAIRO ALBERTO MALDONADO MARTÍNEZ , mayor de edad y de esta vecindad, identificada con la cédula de ciudadanía número 49733294, actuando en mi propio nombre , respetuosamente medirijo a Usted para incoar Acción de Tutela contra SALUDCOOP EPS , para que previo los procedimientos legales, se me proteja los DERECHOS FUNDAMENTALES LA SALUD , EN CONEXIDAD A LA VIDA , A LA DIGNIDAD HUMANA Y A LA SEGURIDAD SOCIAL ; teniendo en cuentas los siguientes:
HECHOS:
1.- Soy afiliada a SALUDCOOP EPS.
2.-Con fecha 12 de marzo de 2015 , Doctor LUÍS ALBERTO PERDOMO OSPINO ,médico adscrito a la EPS SALUDCOOP , me efectuó una valoración odontológica determinando en su Diagnóstico: EDENTULISMO PARCIAL , ATROFIA DEL REBORDE ALVEOLAR Y UNA MALPOSICIÓN DENTARIA . Y resume en la Historia Clínica :” Paciente que ha sido sometido a exodoncias en maxilar superior e inferior a lo largo de su vida presentando en estos momentos problemas a la hora de realizar funcionesmasticatorias y de hablar “
6.- Igualmente , el doctor PERDOMO OSPINO determinó que NO EXISTEN ALTERNATIVAS NI POSIBILIDADES TERAPEÚTICAS POS PARA LA PATOLOGÍA EN MENCIÓN .
7.- Determinó igualmente QUE EXISTÍA UN RIEGO INMINENTE PARA LA SALUD . TENIENDO EN CUENTA QUE COMO PACIENTE NO REALIZÓ LAS FUNCIONES MASTICATORIAS DE FORMA EFICIENTE
8.- Por otro lado , determinó que para mejorar mi calidad de viday como determinante de mi DIGNIDAD HUMANA , que el tratamiento a realizar , debería ser el siguiente :
TRES (3) AUMENTOS DE REBORDE ALVEOLAR CON INJERTO OSEO Y MEMBRANAS .
SEIS (6) IMPLANTES DE OSEOINTEGRACIÓN.
SEIS (6) CORONAS IMPLANTOSOPORTADAS
DIEZ (10) CORONAS METAL-CERÁMICA
UNA (1) PLACA NEUROMIORELAJANTE.
OCHO (8) RESINAS INCISALES .
9.- El día 19 de MARZO de 2015, remití el CONCEPTODEL ODONTÓLOGO LUÍS ALBERTO PERDOMO OSPINO que contiene las RECOMENDACIONES Y DIAGNÓSTICO a la EPS SALUDCOOP.
10.- Con fecha 19 de marzo de 2015, la Doctora CLARELY TÓRRES BAHAMON, Auditora Médica de la EPS SALUDCOOP VALLEDUPAR , me remitió comunicación en donde me informa que no fue aprobado lo recomendado por el odontólogo tratante .
11.- Partiendo , de que no se trata de un tratamientoestético , sino necesario para que el suscrito tenga una mejor CALIDAD DE VIDA , YA QUE TENGO DIFICULTAD PERMANENTE PARA LA MASTICACIÓN DE MIS ALIMENTOS , NO SE AFECTE MI SALUD POR EL PROBLEMA PRESENTADO y CONSECUENTENTE MI DIGNIDAD HUMANA ; la Jurisprudencia de la Honorable Corte Constitucional , ha sido reiterativa a que no obstante ser NO POS , es necesario e imperativo su autorización , teniendoen cuenta los Derechos a la Salud , A La Vida y a la Dignidad Humana , es así, como ha sentado Jurisprudencia Constitucional , y se manifiesta :
Tercera. Reiteración de jurisprudencia. Procedimientos médicos no contenidos en el plan obligatorio de salud por el hecho de ser considerados estéticos no pueden afectar derechos fundamentales.
La sentencia T-389 de 2001, señala que la protección delderecho a la salud adquiere carácter de fundamental cuando tiene relación directa con otros derechos que ostentan esa calidad, como la vida y la integridad física, en ese sentido hace referencia a la sentencia T-395 de 1998, al decir:
“Si bien, la jurisprudencia constitucional ha señalado en múltiples ocasiones que el derecho a la salud no es en si mismo un derecho fundamental, también le hareconocido amparo de tutela en virtud de su conexidad con el derecho a la vida (artículo 11 superior) y con la integridad de la persona (artículo 12 de la Carta), en eventos en que deslindar salud y vida es imposible y se hace necesario asegurar y proteger al hombre y su dignidad. Por esta razón, el derecho a la salud no puede ser considerado en si mismo como un derecho autónomo y fundamental,...
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