CAPACITACI N EN DETRACCIONES
REGIMENES DE RECAUDACIÓN DEL IGV
Régimen
Retención
Percepción
Detracción
Designación
por
SUNAT
SI
SI
NO
¿quién lo
aplica?
Adquirente o
usuario
Proveedor o
SUNAT
Adquirente o
usuario
¿Compromete el
gasto o crédito
fiscal?
Utilización
NO
Crédito contra el
IGV o devolución
NO
Crédito contra el
IGV o devolución
SI
Pago de Oblig.
Trib. olibre
disponibilidad
REGIMENES DE RECAUDACIÓN DEL IGV
Régimen
Momento en el que
opera
¿Requiere
cuentas
contables
especificas?
¿Requiere
Registros
especiales?
Contingencia
por omisión
SI
Multa e
Intereses
SI
Multa e
Intereses
Pago total o parcial
Retención
SI
Pago total o parcial
Percepción
Detracción
SI
Hasta la fecha de
pago (total o
parcial) o hasta el
5° día hábil del messiguiente a la
anotación del CdP
en el RdC
NO
NO
Multa e
Intereses
Perdida de
Crédito Fiscal
REGIMENES DE RECAUDACIÓN DEL IGV
¿Como se paga?
¿Hay
responsabilidad
solidaria?
Regulación de
Infracciones y
sanciones
Retención
A nombre de la
SUNAT
SI
Código Tributario
Percepción
A nombre de la
SUNAT
SI
Código Tributario
Detracción
A nombre del
proveedor
NO
D. Leg. 940
Régimen
SISTEMA DEDETRACCIONES DEL IGV
Consiste en el descuento que se efectúa a un servicio afecto al sistema:
Ejem:
El Servicio Notarial brindado por una Notaria por s/ 2,500.00 incluido
IGV
Valor de Venta
IGV
Precio del Servicio
12% Detracción
2,118.64
381.36
2,500.00
300.00
Los Fondos de Detracción sirven para el pago de Tributos Adm. Sunat :
1) Obligaciones Tributarias
2) Essalud y ONP
Aspectos GeneralesEXP. N° 03769-2010-PA/TC
Teniendo en cuenta su ámbito de aplicación, relativo basicamente a las
operaciones afectas al IGV, debe entenderse que no se trata (el SPOT) de un
nuevo impuesto, sino de un mecanismo que asegura la recaudación del
impuesto general a las ventas. En tai sentido, preliminarmente resulta
razonable y técnico que el mismo se concentre en aquellos sectores
económicos querepresentan mayor dificultad recaudatoria v mavores niveles
de evasion reportada.
Tambien nace con la finalidad de reducir la competencia desleal sustentada en
el incumplimiento de participantes de la cadena de producción,
comercialización y distribución de bienes y servicios.
Servicios No Incluidos en el Sistema
de Detracción
Aquellos que no se encuentren expresamente en el Anexo 3 de la
Resolución183-2004/SUNAT
Aquellos que estando en el Anexo antes indicado se sustenten en un
comprobante de pago igual o menor a S/. 700,
Aquellos sustentados en comprobantes de pago que no permitan
sustentar crédito fiscal,
Aquellos sustentados con DOCUMENTOS AUTORIZADOS
Cuando el usuario del servicio tenga la condición de no domiciliado
Los servicios gratuitos
Contribuyentes con condición de NO HABIDO/ BAJA DE OFICIO
DETRACCIÓN EN LOS SERVICIOS
Importante:
Debe analizarse la actividad que efectivamente realiza la empresa
prestadora del servicio a favor de la usuaria en un momento
determinado, independientemente del CIIU que se haya asignado la
empresa prestadora del servicio al momento de inscribirse en el
RUC, o del objeto social contenido en sus Estatutos. Se aplicará la
detracción sólosi el servicio está incluido en el Anexos 3 y a su vez
está gravado con el IGV.
Aspectos Generales
Aplicación R.S. 063-2012/SUNAT
(Considerandos)
Que, se ha analizado el comportamiento tributario vinculado al
Impuesto General a las Ventas (IGV) en las actividades más
representativas del universo de servicios actualmente No
Sujetos al SPOT, habiendose determinado la existencia de
significativosniveles de incumplimiento tributario en los
contribuyentes que desarrollan la actividades en mención.
Que, teniendo en cuenta lo señalado, resulta necesario
incorporar entre las operaciones sujetas al SPOT, a los demás
Servicios Gravados con el IGV que a la fecha no estan sujetos a
dicho sistema;
RTF N° 215-4-2009
Este Tribunal, en la Resolución N° 05130-5-2002 de 04.09.2002, ha
dejado...
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