capitulo 1 del decreto 614 de 1984
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 120 ordinal 3o. de la Constitución Política, y del Decreto 586 de 1983, y de las funciones cumplidas por el "Comité de Salud Ocupacional", creado por éste,
Ver la Resolución del Ministerio deTrabajo 1016 de 1989
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Y DEFINICIONES.
Artículo 1º.- Contenido. El presente Decreto determina las bases de organización y administración gubernamental y, privada de la Salud Ocupacional en el país, para la posterior constitución de un Plan Nacional unificado en el campo de la prevención de los accidentes y enfermedades relacionadas con el trabajo y en el delmejoramiento de las condiciones de trabajo.
Los decretos reglamentarios y demás normas que se expidan para regular aspectos específicos del Título III de la Ley 9a. de 1979 y del Código Sustantivo del Trabajo sobre Salud Ocupacional se ajustarán a las bases de organización y administración que establece este Decreto.
Artículo 2º.- Objeto de la Salud Ocupacional. Las actividades de Salud Ocupacionaltienen por objeto:
a) Propender por el mejoramiento y mantenimiento de las condiciones de vida y salud de la población trabajadora;
b) Prevenir todo daño para la salud de las personas, derivado de las condiciones de trabajo;
c) Proteger a la persona contra los riesgos relacionados con agentes físicos, químicos, biológicos, psicosociales, mecánicos, eléctricos y otros derivados de la organizaciónlaboral que puedan afectar la salud individual o colectiva en los lugares de trabajo;
d) Eliminar o controlar los agentes nocivos para la salud integral del trabajador en los lugares de trabajo;
e) Proteger la salud de los trabajadores y de la población contra los riesgos causados por las radiaciones;
f) Proteger a los trabajadores y a la población contra los riesgos para la salud provenientesde la producción, almacenamiento, transporte, expendio, uso o disposición de sustancias peligrosas para la salud pública.
Artículo 3º.- Campo de aplicación de las normas sobre Salud Ocupacional. Las disposiciones sobre Salud Ocupacional se aplicarán en todo lugar y clase de trabajo, cualquiera que sea la forma jurídica de su organización y prestación; así mismo regularán las acciones destinadasa promover y proteger la salud de las personas.
Todos los empleadores, tanto públicos como privados, contratistas, subcontratistas y trabajadores, así como las entidades públicas y privadas estarán sujetas a las disposiciones que sobre la organización y la administración de la Salud Ocupacional se establecen en este Decreto y en las demás disposiciones complementarias que expidan los Ministeriosde Trabajo y Seguridad Social y de Salud Pública; sea que presten los servicios directamente a través del respectivo organismo de seguridad o previsión social o contratando con empresas privadas.
Artículo 4º.- Dirección y coordinación. Las entidades que desarrollen planes, programas y actividades de Salud Ocupacional en el país, lo harán bajo la dirección de los Ministerios de Trabajo y SeguridadSocial y de Salud y actuarán bajo la coordinación del Comité Nacional de Salud Ocupacional de tal manera que se garantice la mayor eficiencia en el ejercicio de las obligaciones y responsabilidades en la prestación de los servicios y en el cumplimiento de los objetivos del Plan Nacional sobre la materia.
Artículo 5º.- Delegación. Los Ministros de Trabajo y Seguridad Social y de Salud podrándelegar en las entidades gubernamentales que desarrollen actividades de Salud Ocupacional algunas de las funciones que le confieran las leyes, este Decreto y demás disposiciones reglamentarias en materia de Salud Ocupacional. Para realizar esta delegación se tendrá en cuenta la capacidad administrativa, técnica y operativa de la entidad delegataria, con el fin de garantizar la mayor eficacia en el...
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