Capitulo Iii. Del Pago De Las Contribuciones 1.- Definición De Pago
La obligación fiscal se extingue cuando el contribuyente cumple con laobligación y satisface la prestación tributaria o cuando la ley extingue o autoriza a declarar extinguida la obligación. En el Derecho Fiscal sólo se admiten comoformas de extinción de la obligación fiscal el pago, la prescripción, la compensación, la condonación y la cancelación.
El pago es una forma de extinción de lasobligaciones, pagar significa ejecutar por parte del deudor una prestación, ya sea de dar, hacer o no hacer, a favor del acreedor; en consecuencia, el deudorqueda completamente liberado de la obligación a que se encontraba sujeto.Es la forma más común de extinguir los créditos fiscales, y se cumple entregando lacosa o cantidad debida; es el que satisface plenamente los fines y propósitos de la obligación contributiva, porque una de las funciones propias del derechofiscal es regular la forma en que el Estado obtiene, de los particulares, los recursos económicos necesarios para cubrir los gastos públicos.
Es así que laobligación fiscal se extingue cuando la persona física o moral que aparece como obligada a aportar una parte de su riqueza para cubrir el gasto público, cumplesu compromiso contributivo ante la autoridad Hacendaria, mediante el pago de una cantidad específica que le marca la ley, cuando su situación personal,laboral, empresarial o familiar coincide con el hecho generador del gravamen, y se hace el entero dentro del plazo o momento contemplado en un precepto legal.
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