Carta
1. Deberá presentar en forma impecable, saludable e higiénica el centro de estética;
2. Obtendrá de las autoridades laautorización, el permiso o concepto de ubicación que exigen las normas nacionales y normas locales complementarias;
3. Utilizará equipos, instrumentos e implementos debidamente esterilizados, yempleará materiales desechables en procedimientos de estética;
4. Dedicará el tiempo necesario al usuario en la prestación del servicio, con criterios de calidad, seriedad y honestidad;
5. Aplicarásus conocimientos, habilidades y destrezas en forma consciente, sobria y saludable sobre usuarios que no presenten enfermedades notorias, notables o evidentes; de tener dudas, exigirá una certificaciónde un profesional de la medicina, con preferencia de un dermatólogo;
6. ólo aplicará y empleará medios diagnósticos o terapéuticos aceptados y reconocidos en forma legal;
7. Sólo empleará outilizará en sus procedimientos productos debidamente autorizados u homologados por el Invima;
8. No tratará a menores de edad sin la previa autorización escrita y autenticada de sus padres orepresentantes;
9. No expondrá a los usuarios a riesgos injustificados y sólo con expresa y consciente autorización aplicará los tratamientos, elementos o procedimientos sobre su piel;
10. Guardaráy observará compostura, respeto, sigilo y lealtad con sus usuarios, compañeros, jefes o dependientes;
11. Empleará la publicidad como medio de mercadeo observando principios éticos y sin queinduzcan en error a los usuarios;
12. Fijará sus honorarios con criterios de jerarquía formativa y con arreglo a la situación económica de los usuarios
13. Artículo 5º. Centros de formación. Las...
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