carta
Por ejemplo, un caso bastante común es cuando un beneficiario de la previsión social (en algunos lugares pueden llamarse “jubilados” o “pensionados”) otorga el poder decobrar su salario mensual en la entidad bancaria o estatal correspondiente a un familiar, conocido o amigo, al cual se lo denomina “apoderado”. Esta persona, facultada por el jubilado/pensionado,tiene el poder de cobrar su salario en su nombre. Claro que, para esto, se debe realizar un trámite legal declarando la relación entre ambas partes y la conformidad de cada una de ellas en otorgar elpoder/recibir el poder. Este caso es frecuente cuando la persona jubilada, ya adulta, tiene inconvenientes o problemas para movilizarse, o prefiere no hacerlo por temas de inseguridad pública, osimplemente prefiere y se encuentra más seguro de que al trámite lo realice otra persona, de su conocimiento y al cual le guarda confianza.
Las carta poder, y en consecuencia, el poder de acción otorgadaal “apoderado”puede definirse durante un lapso de tiempo determinado, o por el contrario, no especificarse dicho lapso, por lo cual se entiende que este plazo es indefinido. Cabe aclara que estos poderespueden ser declarados ante un escribano/notario y por lo cual tienen una validez mayor, o si no, ser representativos, mediante la redacción de una carta poder de manera particular, firmada y presentadaante quien se deba informar la cesión de poderes.
En cualquier caso, los datos que debe incluir, son: nombre de la organización o institución que recibirá la carta, nombre y firma de quien cede...
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