Caso Practico Civil
¨Es indispensable crear estructuras intelectuales, formativas, organizadas, solidas y terminar la impresión que conduce a la subcultura¨.
2. DELITOS CONTRA LA VIDA.
2.1 Homicidio.
La palabra homicidio proviene del latín ¨homicidium¨ y se compone de las raíces: ¨homo¨ que significa hombre (que a su vez viene de ¨humus¨ que significa tierra) y ¨caedere¨ que significa matar.Conforme a su raíz, homicidio significa ¨matar a un hombre¨.
2.2 Tipo del injusto.
El tipo del injusto es el concepto técnico de que sirve el legislador para describir el delito de que se trata.
El tipo del injusto está integrado con el tipo objetivo que es el que describe la parte externa del tipo delictivo en particular y también incluye el tipo subjetivo que se refiere a la parte interna dela acción o de la omisión.
3. TIPO OBJETIVO DEL DELITO DE HOMICIDIO SIMPLE, DOLOSO DE ACCION DE RESULTADO MATERIAL CONSUMADO.
El tipo objetivo del delito al rubro mencionado lo establece el artículo 123 del C.P.D.F en los términos siguientes.
Al que prive de la vida a otro, se le impondrá de ocho a veinte años de prisión.
El artículo 302 del C.P.F establece el tipo objetivo de delito dehomicidio en los términos siguientes: ¨Comete el delito de homicidio: el que priva de la vida a otro¨.
3 .1 DOLO DIRECTO Y DOLO EVENTUAL.
El artículo 18 del C.P.D.F en su párrafo I define al dolo, que es un elemento del tipo subjetivo, en la siguiente forma:
¨Obra dolosamente el que, conociendo los elementos objetivos del hecho típico de que se trate, o previendo como posibleel resultado típico quiere o acepta su realización¨.
El artículo 9 del C.P.F define el dolo, que es un elemento del tipo subjetivo de la siguiente forma:
¨Obra dolosamente el que, conociendo los elementos del tipo penal, o previendo como posible el resultado típico quiere o acepta la realización del hecho descrito por la ley.
3.1.1DOLO DIRECTO
Con base en los artículos 18 del C.P.D.F y 9 delC.P.F, el dolo directo, consideramos nosotros, se tiene que definir en los términos siguientes:
¨Obra con dolo directo el que, conociendo los elementos objetivos del hecho típico de que se trate, QUIERE O TIENE como finalidad, su realización¨.
Las leyes penales antes mencionadas, con toda corrección no establecen un ¨dolo indirecto¨. No, el dolo de consecuencia necesaria es dolo directo. Esnecesario puntualizar, que es un error del intelecto pensar que el dolo de consecuencia necesaria es ¨dolo indirecto¨. Un ejemplo hace entender lo aquí afirmado:
El futuro homicida quiere matar a un jefe de Estado para lo cual colocara en su automóvil un explosivo que se activara al iniciar la marcha del motor. Cuando el futuro homicida concibe la idea de matar al Jefe de Estado, no quisiera darmuerte al conductor del vehículo, conductor ajeno a los móviles del futuro autor; pero cuando coloca el explosivo, el razonamiento mas simplista impone el pensamiento de que quiere o tiene la finalidad de matar al jefe de estado y al conductor. En tal caso, se trata de dolo directo privar la vida de dos personas. Afirmar un ¨dolo indirecto¨ en relación a la muerte del conductor, es un disparate.Además, los C.P.D.F Y C.P.F no lo establecen en forma alguna.
3.1.2 DOLO EVENTUAL.
Con base en los artículos antes citados, el dolo eventual se tiene que definir en los términos siguientes:
Obra con dolo eventual el que, previendo como posible el resultado típico acepta su realización.
De la letra y contenido jurídico de la anterior definición, se puede desglosar los conceptos siguientes:¨Previendo¨: Gerundio del verbo ¨prever¨ y comunica a la acción de este verbo, un sentido de duración.
¨Prever¨: suponer por indicios, lo que puede suceder.
¨Posible¨: Que puede ser o suceder, no necesariamente, no inevitablemente. En otro giro de lenguaje: que puede ser o no ser, suceder o no suceder.
¨Aceptar¨: Admitir voluntariamente algo, aprobar o mostrarse conforme con algo.
Luego nosotros...
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