Colegio De Profecionales Del Turismo
Colegio de profesionales en turismo
LEY Nº 3816.
El colegio de profesionales en turismo de la provincia de Misiones es una de las primeras en formarse y tiene domicilio en la ciudad de Posadas, sin perjuicios de construir filiales en el territorio provincial.
AMBITO PROFECIONAL.
ARTICULO 21:
En el territorio de la provincia, el ejercicio profesional en actividad turística quedasujeta a las disposiciones de la siguiente ley y normas complementarias que establezcan los organismos competentes.
ARTICULO 22:
Se entiende por ejercicio profesional de la actividad turística, en el ámbito privado, público mixto, tareas que requieran la aplicación de los principios y conocimientos inherentes a la actividad turística y exijan, por ende, la capacidad y formación específica a la quehabilita cada título profesional comprendido por la presente ley.
MODALIDAD DEL EJERCICIO PROFESIONAL.
ARTICULO 29:
Para ejercer como profesional en turismo se requiere como condición indispensable, la obtención de la matricula y su mantenimiento mediante la renovación anual ante el Colegio de Profesionales en Turismo de la Provincia.
OBLIGACIONES Y DERECHOS.
ARTICULO 35:
Son deberes de losmatriculados: a) respetar las disposiciones de la presente ley y su reglamentación; b) Contribuir a conservar , promocionar y desarrollar el patrimonio turístico; c) Cumplir y hacer cumplir la legislación vigente relacionada con el quehacer turístico; d) Abonar la cuota de colegiación y/o matricula.
ARTICULO 36:
Son derechos de los matriculados en turismo: a) Percibir sus honorariosprofesionales; b) Proteger la propiedad integral derivada del ejercicio de su labor, a cuyo fin el colegio dispondrá los mecanismos necesarios; c) Examinar la ejecución de los proyectos de su autoría, pudiendo documentar observaciones en cuanto a su formulación original; d) acceder a todos los beneficios que incorpore el colegio; e) Elegir las autoridades y ser electo conforme a lo establecido en la siguienteley, los estados y reglamentos.
LEY Nº 5933/88.
La Ley de Colegios de Profesionales en Turismo de San Juan en su ART. 1 dice que tiene por objeto regular el ejercicio de las profesiones vinculadas en el turismo de la provincia de San Juan.
ARTICULO 2:
Para ejercer la profesión turística se requiere: a) Hallarse inscripto en la matricula que a tal fin llevara su Subsecretaria de Turismo,dependiente del ministerio de economía; b) Contar con la credencial correspondiente.
USO DEL TITULO PROFECIONAL.
ARTICULO 5:
El ejercicio de la profesión turística solo se autoriza a: a) Licenciado en Turismo, Técnico Superior en turismo y hotelería y Guía de Turismo o Turístico u otro equivalente, otorgados por Universidades o institutos Superiores Nacionales, Provinciales o Privados, debidamentehabilitados por el estado; b) Las personas que cuenten con otros títulos habilitantes; c) Las que sin tener las condiciones previstas en los incisos a) y b)
Estuvieren legalmente habilitados al momento de entrar en vigencia la presente ley, y por única vez; d) Quienes tienen titulo equivalente a los enunciados en el inciso a), otorgados por universidades extranjeras que hayan sido revalido en elpaís o en el mismo fuera reconocido en virtud de tratados internacionales subscriptos por la República Argentina o la provincia de San Juan en condiciones de reciprocidad.
OBLIGACIONES Y DERECHOS.
ARTICULO 9:
Son derechos: a) Ejercer su profesión conforme a las leyes que la reglamenten; b) Percibir remuneraciones y honorarios por la prestación de servicios a favor de terceros; c) Participar delas organizaciones gremiales que se organicen.
ARTICULO 10:
Son deberes :a) Tener domicilio real en la provincia y mantenerlo debidamente actualizado por ante la entidad de aplicación; b) Contribuir con su ejercicio profesional al desarrollo de las zonas, centros y actividades turísticas provinciales; c) Generar a partir del ejercicio profesional, la explotación adecuada de las zonas centro y...
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