comida
Sección:
Póliza:
RIESGOS VARIOS
P.Vta:
Operación: NUEVO NEGOCIO
22735-0
BUENOS AIRES
Emitida en : Buenos Aires el 02/10/2013
Vigencia: desde las 12:00 hs. del 1 Octubre de 2013
hasta las 12:00 hs. del 1 Octubre de 2014
Asegurado:
PEDERNERA JONATHAN EZEQUIEL ADRIAN
Domicilio:
INDEPENDENCIA 1065
1838 LUIS GUILLON BUENOS AIRES
Cod. Aseg. / Nro.Solicitud:
1086624 / 15051
I.V.A.:
CONSUMIDOR FINAL
DNI - 38658411
Cuit Nro.:
07015051
Riesgo Asegurado y Objeto del Seguro:
ROBO EFECTOS PERSONALES:
Robo bolso contenedor
Robo dinero en efectivo
Robo lentes recetados/contacto
Robo lentes sol
Restitución de DNI
Restitución de Pasaporte
Restitución de Licencia de Conducir
Robo cosméticos
Robo perfumes
Robo medicamentosRobo celular
Robo reproductor audio / multimedia
$ 350
$ 150
$ 150
$ 250
$ 100
$ 150
$
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200
150
200
100
750
400
Límite máximo de indemnización por evento: $ 2.950
Límite máximo de indemnización en el agregado anual: $ 10.000
ROBO EN CAJERO AUTOMATICO: $ 1.000
MUERTE POR ASALTO: $ 10.000
Cláusulas de Aplicación
: “Condiciones Generales Específicas”: Anexo200 (1-2-3-4-5-6-7) , Anexo 203 , Anexo 600
(1-2-3-4-5-6-7-8), Anexo 606, Anexo 700 (1-2-3-4-5); “Exclusiones”: Anexo 1, Anexo 200, Anexo 600, Anexo 700; Anexo 100
“ Condiciones Generales Comunes”; Anexo 1450 “Cláusula de Renovación Automática de Vigencia”; Anexo 1500
“ Cláusula de Cobranza de Premios”, Anexo 2001 “Cláusula Específica de Exclusión de Cobertura para los riesgos de
Terrorismo,Guerra, Guerra Civil, Rebelión, Insurrección o Revolución y Conmoción Civil”
Productor/Organizador: HEYLATAM / CONTACT CENTER RECOVERY S.A (CUENTA 1)
N . Inscrip. Productor: 0
Esta póliza incluye : CROSS 2012 EP
14,300.00
Valores expresados en
Prima
Pesos
Suma Asegurada
1.00
441.10
Premio Total
Recargo Financiero
Impuestos
Sellados
Bonificación
95.40119.10
6.44
0.00
662.04
Importante: Los Asegurados podrán solicitar información ante la Superintendencia de Seguros de la Nación con relación a la entidad aseguradora, dirigiéndose
personalmente o por nota a Julio A. Roca 721 (C.P.1067), Ciudad de Buenos Aires, por teléfono al 4338-4000 (líneas rotativas), en el horario de 10:30 a 17:30, o
vía Internet a la siguiente dirección:www.ssn.gov.ar
Advertencia: Cuando el texto de la Póliza difiera del contenido de la propuesta, la diferencia se considerará aprobada por el Contratante, si no reclama dentro de
un mes de haber recibido la póliza. La presente póliza se suscribe mediante firma facsimilar conforme lo previsto en el punto 7.9. del Reglamento General de la
Actividad Aseguradora.
MEDIOS DE PAGO HABILITADOS - Resolución407/2001 del Ministerio de Economía.
Artículo 1 - Los únicos sistemas habilitados para pagar premios de contratos de seguros son los siguientes:
a) Entidades especializadas en cobranza, registro y procesamiento de pagos por medios electrónicos habilitados por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS
DE LA NACION.
b) Entidades financieras sometidas al régimen de la Ley N° 21.526.
c) Tarjetas de crédito,débito o compras emitidas en el marco de la Ley N° 25.065.
d) Medios electrónicos de cobro habilitados previamente por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION a cada entidad de seguros, los que
deberán funcionar en sus domicilios, puntos de venta o cobranza. En este caso, el pago deberá ser realizado mediante alguna de las siguientes formas: efectivo
en moneda de curso legal, chequecancelatorio Ley N° 25.345 o cheque no a la orden librado por el asegurado o tomador a favor de la entidad aseguradora.
e) Cuando la percepción de premios se materialice a través del SISTEMA UNICO DE LA SEGURIDAD SOCIAL (SUSS) se considerará cumplida la obligación
establecida en el presente artículo
Artículo 2 - Los productores asesores de seguros Ley N° 22.400 deberán ingresar el producido de la...
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