como opera la caducidad
También se infieren del principio de que opera de pleno derecho, consecuencias importantes como son las siguientes:
1. Laactuación del órgano judicial o las promociones posteriores a la caducidad, no tienen el efecto de revivir un ser que ya está muerto. En este caso, la revalidación no es posible, y la ley no autorizael milagro de la resurrección jurídica; 2. A diferencia de algunas leyes extranjeras, la nuestra no exige que la objeción de caducidad de la instancia se oponga como excepción en un término fijo.Tampoco limita el plazo en que pueda pedirse la declaración de la caducidad y producida, sino que da oportunidad a las partes para que lo hagan mientras el proceso aparente está abierto. Sin embargo, cabeobservar lo siguiente que tiene gran importancia: Puede suceder que ya producida la caducidad, ninguna de las partes ha haga valer y el juicio siga adelante hasta que en él se produzca sentenciaejecutoria. ¿A pesar de ésta, subsistirá la caducidad? ¿Podrá obtenerse que sea declarada? Opinamos negativamente porque la autoridad de la cosa juzgado origina una preclusión máxima que no permite traeral debate la insubsistencia de la instancia por razón de la caducidad; 3. No tiene sentido invocar la prescripción de la acción para pedir la declaración de caducidad, porque, como queda ya dicho, laprescripción extingue derechos subjetivos civiles y no hay que asimilarla con las situaciones procesales ni con la caducidad.
¿Quién puede pedir la declaración de que ha caducado la instancia? Los...
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