COMPRAS DE GOBIERNO
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Artículo 16.
Actos de molestia
Raúl Pérez Johnston
DR © 2013, Instituto de Investigaciones Jurídicas,
Suprema Corte de Justicia de la Nación,
Fundación Konrad Adenauer
Este libro forma parte del acervo de la BibliotecaJurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM
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Sumario: I. Introducción y antecedentes históricos. II. Sujetos titulares del derecho y
objeto de protección. III. Sujetos obligados. IV. Mandamiento por escrito. V. El concepto de
autoridad competente. VI. La obligación de fundar los actos de molestia. VII. La obli
gaciónde motivar los actos de molestia. VIII. Formas de cumplimiento de la fundamenta
ción y motivación de un acto según su naturaleza y autoridad que lo expide. IX. Efectos de
la violación a los derechos de fundamentación, motivación y dictado del acto de autori
dad competente. X. Conclusión.
Palabras clave: Actos de molestia; Mandamientos por escrito; Autoridad competente; Fundamentación ymotivación.
I. Introducción y antecedentes históricos
E
l primer párrafo del artículo 16 constitucional es probablemente uno de los más impor-
tantes en la vida jurídica de nuestro país. Entre el artículo 14 y el artículo 16, definen la forma
en que pueden restringirse los derechos humanos protegidos en el orden constitucional a
través de actos de molestia (artículo 16) o de privación (artículo 14).Dentro del espectro de
ambos preceptos constitucionales, se encierra en buena medida cualquier derecho a la
seguridad jurídica que pudiera encontrarse en fuente constitucional, como en fuente internacional. "El art. 16… se ha convertido en un depósito en el que tienen cabida todo tipo de
limitantes a la acción de las autoridades".1
No obstante lo anterior, a pesar de tan importante precepto, losactos de molestia no están
definidos en el párrafo primero del artículo 16 constitucional, por lo que la interpretación
que establece el texto constitucional, es que "nadie puede ser molestado en su persona,
familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autori-
1
Arteaga Nava, Elisur, Garantías individuales. México, Oxford University, 2009, p. 170.
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Artículo 16.
Actos de molestia
jurisdiccional de tal disposición ha sido indispensable a lo largo del tiempo, ya que lo único
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dad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento", redacción que en
esencia, ha sido la misma desde la Constitución de 1857.
En este sentido, el artículo 16 de la Constitución de 1857, fue el producto de una intensa
discusión durante el Congreso Constituyente en el que el artículo 5o. del Proyecto de Constitución manejaba estos conceptos de manera muylacónica. Tras ser rechazado el artículo
por la ambigüedad de algunos de sus términos como la "racionalidad" en el ejercicio del
acto de molestia y el requerimiento de que el acto de molestia estuviere sustentado asimismo en la afirmación de al menos un testigo2 el artículo hubo de ser retirado y presentado
nuevamente por la Comisión. Ante la nueva redacción, el artículo sería aprobado por ma
yoría de78 votos contra 1, manifestando respecto del concepto que nos interesa que "nadie
puede ser molestado… sino en virtud de mandamiento de la autoridad competente que
funde y motive la causa legal del procedimiento." Sin embargo, dicha redacción, nuevamente
escueta, no definía ni acotaba las nociones alrededor del acto de molestia y tal como diría el
Sr. Cerqueda, "no evita las disputas e...
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