Comunicado Sent C 871 D 10213 14 3

Páginas: 5 (1124 palabras) Publicado: 19 de marzo de 2015
REPÚBLICA DE COLOMBIA

COMUNICADO No. 45
Noviembre 13 de 2014

CORTE CONSTITUCIONAL

LA CORTE DECLARÓ EXEQUIBLE LA NORMA DEL CÓDIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO QUE
ESTABLECE QUE LA PRIMA DE SERVICIOS ES UNA PRESTACIÓN A CARGO DE LAS EMPRESAS,
PESE A LO CUAL, AL VERIFICAR QUE LOS TRABAJADORES DOMÉSTICOS SON ACTUALMENTE
LOS ÚNICOS QUE NO TIENEN DERECHO A ESTA PRESTACIÓN, EXHORTÓ AL CONGRESO Y ALGOBIERNO NACIONAL A AVANZAR EN LA UNIVERSALIZACIÓN DE ESTE BENEFICIO

V. EXPEDIENTE D-10.213 - SENTENCIA C-871/14 (Noviembre
13) M. P. María Victoria Calle Correa

1. Norma acusada
CÓDIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO
(Decreto 2663 de 1950)
ARTÍCULO 306. PRINCIPIO GENERAL.1. Toda empresa (…) está obligada a pagar a cada uno de sus
trabajadores, (…) como prestación especial, una prima de servicios, así:
a) Lasde capital de doscientos mil pesos ($200.000) o superior, un mes de salario pagadero por semestres del
calendario de la siguiente forma: una quincena el último día de junio y otra quincena en los primeros veinte
días de diciembre, a quienes hubieren trabajado o trabajaren todo el respectivo semestre, o
proporcionalmente al tiempo trabajado, siempre que hubiesen servido (…)
b) Las de capital menorde doscientos mil pesos ($200.000), quince (15) días de salario, pagadero en la
siguiente forma: una semana el último día de junio y otra semana en los primeros veinte (20) días de
diciembre, pagadero por semestres del calendario, a quienes hubieren trabajado o trabajaren todo el
respectivo semestre; o proporcionalmente al tiempo trabajado. Siempre que hubieren servido (…)
2. Esta prima deservicios sustituye la participación de utilidades y la prima de beneficios que estableció la
legislación anterior.

2. Decisión
Primero. Declarar EXEQUIBLE la expresión “toda empresa”, contenida en el
artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo.
Segundo. EXHORTAR al Congreso de la República y al Gobierno Nacional para
que adopten las medidas legislativas e implementen las políticas públicas
necesariaspara avanzar hacia la universalidad del derecho prestacional al pago de
la prima de servicios en el caso de los trabajadores y las trabajadoras domésticas.

3. Fundamentos de esta decisión
La Corte decidió sobre la supuesta contrariedad existente entre el precepto
acusado y varias normas del texto superior, en concreto los artículos 13, 25, 53 y
93, a propósito de la negación de la prima deservicios a los(as) empleados(as) del
servicio doméstico, como resultado del hecho de que la norma establezca que el
sujeto obligado al pago de esta prestación especial son la empresas, concepto que
difiere del de familias, que son quienes usualmente contratan los servicios de tales
trabajadores.
Para decidir sobre lo planteado, la Corte comenzó por descartar la posible
presencia de cosa juzgadaconstitucional sobre el tema, debido a la existencia de
varias decisiones relacionadas, bien con quiénes tienen derecho al pago de la
prima de servicios o con quienes deben asumir tal carga, bien con el alcance
originalmente reducido de los derechos laborales de los(as) trabajadores(as)
domésticos(as). La Corte encontró, que pese a concurrir varias decisiones de este
tribunal sobre temas aledaños alahora propuesto, entre ellas las sentencias C-051
de 1995, C-034 y C-042 de 2003, C-100 de 2005 o C-825 de 2006 ninguna de ellas
ha explorado puntualmente la misma controversia ahora formulada por los actores.
La Corte consideró que la norma demandada, al excluir a las trabajadoras y
trabajadores del servicio doméstico del pago de la prima de servicios, genera un
déficit de protección de este gruposocial, y un trato desigual frente a los demás
trabajadores. La Corporación consideró que si bien se ha argumentado que esta
diferencia de trato es razonable, pues la prima de servicios nació como una forma
de retribuir a los trabajadores por las utilidades de la empresa, esa posición ya ha
sido revaluada y, además, preserva una concepción errónea del trabajo doméstico.
Así, explicó que (i) la...
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