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Páginas: 28 (6899 palabras) Publicado: 26 de marzo de 2014
CAPITULO II DE LOS DELITOS FISCALES
EN QUE CASOS PROCEDE PENALMENTE POR DELITOS FISCALES
ARTICULO 92. Para proceder penalmente por los delitos fiscales previstos en este Capítulo, será necesario que previamente la Secretaria de Hacienda y Crédito Público.
CFF 42-VIII; RISAT 22-IV
Formulación de querella
I. Formule querella tratándose de los previstos en los artículos 105, 108, 109, 110,111, 112 y 114, independientemente del estado en que se encuentre el procedimiento administrativo que en su caso se tenga iniciado.
CFF 42-VIII, 105, 108, 109, 110, 111, 112, 114
Declaración de perjuicio
II. Declare que el fisco federal ha sufrido o pudo sufrir perjuicio en los establecidos artículos 102 y 115.
CFF 102, 115
Formulación de la declaratoria de contrabando en mercancías
III.Formule la declaratoria correspondiente, en los casos de contrabando de mercancías por las que no deban pagarse impuestos y requieran permiso de auditoría competente, o de mercancías de tráfico prohibido.
CFF 103, 107
Denuncia de hechos ante el ministerio público federal
En los demás casos no previstos en las fracciones anteriores bastara la denuncia de los hechos ante el Ministerio PúblicoFederal.
En qué caso se sobreseerá el proceso por el delito fiscal
Los procesos por los delitos fiscales a que se refieren las tres fracciones de este artículo se sobreseerán a petición de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, cuando los procesados paguen las contribuciones originadas por los hechos imputados, las sanciones y los recargos respectivos, o bien estos créditos fiscalesqueden garantizados a satisfacción de la propia Secretaria. La petición anterior se hará discrecionalmente, antes de que el Ministerio Público Federal formule conclusiones y surtirá efectos respecto de las personas a que la misma se refiera.
CFF 141
Cuantía del daño o perjuicio y monto de la caución para conceder la libertad provisional.
En los delitos fiscales en que sea necesaria querella odeclaratoria de perjuicio y el daño o el perjuicio sea cuantificable, la Secretaria de Hacienda y Crédito Público hará la cuantificación correspondiente en la propia declaratoria o querella. La citada cuantificación solo surtirá efectos en el procedimiento penal. Para conceder la libertad provisional, excepto tratándose de los delitos graves previstos en el artículo 194 del Código Federal deProcedimientos Penales, el monto de la caución que fije la autoridad judicial comprenderá, en su caso, la suma de la cuantificación antes mencionada y las contribuciones adeudadas, incluyendo actualización y recargos que hubiera determinado la autoridad fiscal a la fecha en que se promueva la libertad provisional. La caución que se otorgue en los términos de este párrafo, no sustituye a la garantía deinterés fiscal.
CFF 42-VIII, 100, 141; CCF 2108, 2109; CFPP 194; CPF 30
Se podrá reducir el monto de la caución
En caso de que el inculpado hubiera pagado o garantizado el interés fiscal a entera satisfacción de la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico, la autoridad judicial, a solicitud del inculpado, podrá reducir hasta en un 50% el monto de la caución, siempre que existan motivos orazones que justifiquen dicha reducción.
CFF 141
Concepto de mercancías
Se consideran mercancías los productos, artículos y cualesquier otros bienes, aun cuando las leyes los consideren inalienables o irreductibles o propiedad particular.
Para fijar la pena de prisión que corresponda a los delitos fiscales conforme a los limites mínimo y máximo del monto de las cantidades que constituyan elperjuicio, cuando este pueda ser determinado, será conforme al que este establecido en el momento de efectuar la conducta delictuosa.

CASOS DE COMUNICACIONES DE LA AUTORIDAD FISCAL AL MINISTERIO PÚBLICO FEDERAL
ARTICULO 93. Cuando una autoridad fiscal tenga conocimiento de la probable existencia de un delito de los previstos en este Código y sea perseguible de oficio, de inmediato lo hará del...
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