Contitucion española corte
Esa dinámica de “descentralización asimétrica– armonización - descentralización asimétrica”, por la cual de nivela el juego de poder conforme se presente el conflicto, demuestra que el gobierno central mantenía la intención dereconocer los autogobiernos pero no estaba dispuesto a ceder concesiones innecesarias.
Coincidimos con los autores en que el grado de institucionalidad que otorgo la constituciónde 1978 a los Estados de las Autonomías no se presenta como un diseño cerrado y correcto, solo se conformo fue “un actor más generalizado” con el cual el Gobierno Centralnegociaría casi desconociendo las Comunidades Autónomas.
Podríamos criticar que la argumentación empírica esta por demás adecuada con respecto a la hipótesis que presentan los autores,comportándose como funcional a este respecto, con un sesgo implícito.
Por lo demás coincidimos con apreciaciones tales como “el EA ha fomentado la aparición de nacionalismos yregionalismos institucionalmente inducidos que han propiciado el surgimiento de identidades territoriales duales allí donde la identidad española era dominante cuando no la única.”
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