Contrato De Trabajo Grupo O Equipo
* Para evitar la provisión de mano de obra por intermedio desociedades o de empresas artificiosas, mecanismo que se presta para encubrir la relación laboral entre los trabajadores y la empresa usuaria (como otra maniobra de intermediación fraudulenta posiblemediante la utilización de figuras societarias), la LCT considera que en tal caso existe contrato de trabajo de grupo o por equipo, es decir, que la relación se establece entre cada trabajador de esasupuesta (o real) sociedad y la empresa contratante de los servicios, con lo cual se deja sin sentido la artificiosa (o real) utilización de la figura societaria, al menos si se lo hace con intencionesfraudulentas respecto de la legislación laboral y de la seguridad social (art. 102 de la LCT). La solución se aplica en el caso que el personal de la sociedad proveedora de mano de obra sea contratadoen forma permanente y exclusiva para una empresa usuaria. No es ese el caso en particular de las agencias o empresas de servicios eventuales habilitadas al efecto, que proveen trabajadores...
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