contrato honorario Cristian Pizarro
En Valparaíso, a 11 de junio de 2015, don Cristian Pizarro Gaete, rut: 12.004.077-4, chileno, domiciliado en calle 3, Avenida 56, lote 215-B, Reñaca Alto, Viña delMar, y doña CAROLINA ANDREA ESCOBAR ERPEL, rut: 10.078.446-7, chilena, Abogada, domiciliada en calle Plaza de Justicia N°45, oficina 717, comuna de Valparaíso, ambos mayores de edad y expresan:PRIMERO: Por el presente instrumento, don Cristian Pizarro Gaete, encarga a la Abogada CAROLINA ESCOBAR ERPEL, la tramitación judicial en Juzgado del Trabajo competente por despido, pago de remuneracionesdebidas, indemnizaciones legales por término de la relación laboral y cotizaciones previsionales impagas, en contra de su empleadora, Constructora LEFCO S.A., y contra todos aquellos que resultenlegalmente responsables del mismo, incluyendo la deducción de la demanda y comparecencia a las audiencias correspondientes, hasta que el mismo termine por sentencia definitiva, incluyendo lascomparecencias a alegatos en segunda instancia y Corte Suprema, en el evento de que la misma sentencia sea recurrida ante los Tribunales Superiores de Justicia, sea por el demandante o demandado, y tramitaciónante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional competente en el evento de que la demandada no cumpla voluntariamente con la sentencia definitiva, en el caso de ser favorable.
SEGUNDO: Laparticipación del Abogado será de un 25 % del resultado que se obtenga en los asuntos encomendados; sea en dinero, sea en bienes. Autorizando don Cristian Pizarro Gaete a que se giren los documentos comercialespor medio de los cuales se pague la sentencia definitiva, favorable al mismo, o un eventual acuerdo judicial o extrajudicial que se pueda suscribir para con el demandado principal o demandadossolidarios o subsidiarios, se giren a nombre de doña Carolina Escobar Erpel, comprometiéndose esta última a transferir, depositar o entregar por cualquier otro medio de pago, el restante 75% del total...
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