convencion de viana
1) Si el vendedor entrega las mercaderías antes de la fecha fijada, el comprador podrá aceptar o rehusar
su recepción.
2) Si el vendedor entrega una cantidad de mercaderíasmayor que la expresada en el contrato, el
comprador podrá aceptar o rehusar la recepción de la cantidad excedente. Si el comprador acepta la
recepción de la totalidad o de parte de la cantidadexcedente, deberá pagarla al precio del contrato.
CAPITULO III. OBLIGACIONES DEL COMPRADOR
Artículo 53
El comprador deberá pagar el precio de las mercaderías y recibirlas en las condicionesestablecidas en
el contrato y en la
presente Convención.
Sección I. Pago del precio
Artículo 54
La obligación del comprador de pagar el precio comprende la de adoptar las medidas ycumplir los
requisitos fijados por el contrato o por las leyes o los reglamentos pertinentes para que sea posible el
pago.
Artículo 55
Cuando el contrato haya sido válidamente celebradopero en él ni expresa ni tácitamente se haya
señalado el precio o estipulado un medio para determinarlo, se considerará, salvo indicación en
contrario, que las partes han hecho referenciaimplícitamente al precio generalmente cobrado en el
momento de la celebración del contrato por tales mercaderías, vendidas en circunstancias semejantes,
en el tráfico mercantil de que se trate.Artículo 56
Cuando el precio se señale en función del peso de las mercaderías, será el peso neto, en caso de duda,
el que determine dicho precio.
1) El comprador, si no estuviere obligado a pagar elprecio en otro lugar determinado, deberá pagarlo al
vendedor:
a) en el establecimiento del vendedor; o
b) si el pago debe hacerse contra entrega de las mercaderías o de documentos, en el lugaren que se
efectúe la entrega.
2) El vendedor deberá soportar todo aumento de los gastos relativos al pago ocasionado por un cambio
de su establecimiento acaecido después de la celebración...
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