Convenio De Berna
de propiedad intelectual
OMPI
Convenio de Berna
para la Protección de las
Obras Literarias y Artísticas
Acta de París
del 24 julio de 1971
y enmendado el 28 de septiembre de 1979
Convenio de Berna para la Protección
de las Obras Literarias y Artísticas
del 9 de septiembre de 1886,
completado en PARIS el 4 de mayo de 1896,
revisado en BERLIN el13 de noviembre de 1908,
completado en BERNA el 20 de marzo de 1914
y revisado en ROMA el 2 de junio de 1928,
en BRUSELAS el 26 de junio de 1948,
en ESTOCOLMO el 14 de julio de 1967
en PARIS el 24 de julio de 1971
y enmendado el 28 de septiembre de 1979
INDICE*
*
Artículo primero :
Constitución de una Unión
Artículo 2 :
Obras protegidas : 1. « Obras literarias y artísticas »; 2. Posibilidadde
exigir la fijación; 3. Obras derivadas; 4. Textos oficiales; 5.
Colecciones; 6. Obligación de proteger; beneficiarios de la
protección; 7. Obras de artes aplicadas y dibujos y modelos
industriales; 8. Noticias
Artículo 2bis :
Posibilidad de limitar la protección de algunas obras : 1.
Determinados discursos; 2. Algunas utilizaciones de conferencias y
alocuciones; 3. Derecho de reunir encolección estas obras
Artículo 3 :
Criterios para la protección : 1. Nacionalidad del autor; lugar de
publicación de la obra; 2. Residencia del autor; 3. Obras
« publicadas »; 4. Obras « publicadas simultáneamente »
Artículo 4 :
Criterios para la protección de obras cinematográficas, obras
arquitectónicas y algunas obras de artes gráficas y plásticas
Artículo 5 :
Derechos garantizados : 1. y 2.Fuera del país de origen; 3. En el país
de origen; 4. « País de origen »
Artículo 6 :
Posibilidad de restringir la protección con respecto a determinadas
obras de nacionales de algunos países que no pertenezcan a la
Unión : 1. En el país en que la obra se publicó por primera vez y en
los demás países; 2. No retroactividad; 3. Notificación
Artículo 6bis :
Derechos morales : 1. Derecho dereivindicar la paternidad de la obra;
derecho de oponerse a algunas modificaciones de la obra y a otros
atentados a la misma; 2. Después de la muerte del autor; 3. Medios
procesales
Artículo 7 :
Vigencia de la protección : 1. En general; 2. Respecto de las obras
cinematográficas; 3. Respecto de las obras anónimas o seudónimas;
4. Respecto de las obras fotográficas y las artes aplicadas; 5. Fecha
departida para calcular los plazos; 6. Plazos superiores; 7. Plazos
menos extensos; 8. Legislación aplicable; « cotejo » de plazos
Artículo 7bis :
Vigencia de la protección de obras realizadas en colaboración
Este índice ha sido incorporado a fin de facilitar la lectura del texto. El mismo no figura en el texto original del Convenio.
WO001ES
page 1 / 29
Base de datos de la OMPI de textoslegislativos
de propiedad intelectual
Artículo 8 :
Derecho de traducción
Artículo 9 :
Derecho de reproducción : 1. En general; 2. Posibles excepciones; 3.
Grabaciones sonoras y visuales
Artículo 10 :
Libre utilización de obras en algunos casos : 1. Citas; 2. Ilustración
de la enseñanza; 3. Mención de la fuente y del autor
Artículo 10bis :
Otras posibilidades de libre utilización de obras : 1.De algunos
artículos y obras radiodifundidas; 2. De obras vistas u oídas en el
curso de acontecimientos de actualidad
Artículo 11 :
Algunos derechos correspondientes a obras dramáticas y musicales :
1. Derecho de representación o de ejecución públicas y de
transmisión pública de una representación o ejecución; 2. En lo que
se refiere a las traducciones
Artículo 11bis :
Derechos deradiodifusión y derechos conexos : 1. Radiodifusión y
otras comunicaciones sin hilo, comunicación pública por hilo o sin
hilo de la obra radiodifundida, comunicación pública mediante
altavoz o cualquier otro instrumento análogo de la obra
radiodifundida; 2. Licencias obligatorias; 3. Grabación; grabaciones
efímeras
Artículo 11ter :
Algunos derechos correspondientes a las obras literarias : 1. Derecho
de...
Regístrate para leer el documento completo.