cosas
NCh 2190
“Transporte de sustancias peligrosas, distintivos para identificación de riesgos”
Los distintivos de seguridad (marcas, etiquetas, rótulos) que se establecen en esta norma estarándestinados para ser colocados en la superficie externa de los envases, embalajes o bultos que contienen estas sustancias y en las unidades de transporte en que se trasladan estas sustancias.
El sistemade mercado, etiquetado o rotulado se basa en la clasificación de las sustancias peligrosas que se presenta en NCh382, y tiene las siguientes finalidades:
a) hacer que los bultos, embalajes, envasesy unidades de transporte de las sust. Peligrosas sean reconocibles fácilmente, a distancia, por el aspecto general (símbolo, color y forma) y sus rótulos;
b) hacer que la naturaleza del riesgo seareconocible fácilmente, mediante simbología y otros elementos contenidos en etiquetas y rótulos;
c) dar, mediante los colores contenidos en las etiquetas o rótulos, una orientación útil para lamanipulación, estiba, almacenamiento en tránsito y el transporte de las sust. Peligrosas.
Las disposiciones de esta norma no se aplican a las marcas o etiquetas de los siguientes envases:
a) gaseslicuados de petróleo para uso doméstico NCh78, NCh1924
b) gases licuados de petróleo para uso automotriz NCh2106, NCh2107, NCh2108
c) gas natural para uso automotriz NCh2109
d) gases comprimidos NCh1025, NCh1377
1.- Características de las etiquetas
Las etiquetas para informar acerca de los riesgos deben tener la forma de un cuadrado, dispuesto con dos de sus vértices opuestos en una líneavertical.
2.-Tamaño
La longitud mínima del lado del cuadrado conformado por el entorno debe ser de 100 mm. Sin embargo, si la superficie del bulto donde va a ser colocada la etiqueta no es deltamaño suficiente, esta se puede incluir en un cuadrado de lado menor que 100 mm
3.- Permanencia de la información sobre riesgo de las sustancias peligrosas
Las etiquetas que se colocan, ya sean por...
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