Cosas
Registro
de
la
Propiedad
Intelectual
Audiovisual
Carlos
Mar9nez
Propiedad
intelectual
• La
propiedad
intelectual,
según
la
definición
de
la
Organización
Mundial
de
la
Propiedad
Intelectual,
es
toda
creación
del
intelecto
humano.
Los
derechos
de propiedad
intelectual
protegen
los
intereses
de
los
creadores
al
ofrecerles
prerroga9vas
en
relación
con
sus
creaciones.
• La
propiedad
intelectual
9ene
que
ver
con
las
creaciones
de
la
mente:
las
invenciones,
las
obras
literarias
y
arIs9cas,
los símbolos,
los
nombres,
las
imágenes
y
los
dibujos
y
modelos
u9lizados
en
el
comercio.
• Los
derechos
relacionados
con
el
derecho
de
autor
son
los
derechos
de
los
ar9stas
intérpretes
y
ejecutantes
sobre
sus
interpretaciones
y
ejecuciones,
los derechos
de
los
productores
de
fonogramas
sobre
sus
grabaciones
y
los
derechos
de
los
organismos
de
radiodifusión
sobre
sus
programas
de
radio
y
de
televisión.
-‐IEPI-‐
es
una
ins9tución
comprome9da
con
la
promoción
de
la
creación
intelectual
y
su
protección
apoyados
en
un
sistema
gerencial
de
calidad,
talento
humano
compe99vo
y
servicios
técnicos
que
sa9sfagan
las
necesidades
de
los
usuarios
de
acuerdo
a
la
ley
nacional,
tratados
y
convenios
internacionales
vigentes.
Quito
– Oficina
Matriz
Av.
República
396
y
Diego
de
Almagro
-‐
Edificio
FORUM
300
Planta
Baja,
Mezzanine,
Piso
1,
Piso
3,
Piso
5
y
Piso
8
Horario
de
atención:
08:30
a
17:00
Guayaquil
–
Subdirección
Regional
Av.
Francisco
de Orellana
y
Alberto
Borges,
Edificio
Centrum
(CLARO),
Piso
9,
Oficina
5
Horario
de
atención:
08:30
a
17:00
• Art.
4.
Se
reconocen
y
garan9zan
los
derechos
de
los
autores
y
los
derechos
de
los
demás
9tulares
sobre
sus
obras.
• Art. 5.
El
derecho
de
autor
nace
y
se
protege
por
el
solo
hecho
de
la
creación
de
la
obra,
independientemente
de
su
mérito,
des9no
o
modo
de
expresión.
• Art.
8.
La
protección
del
derecho
de
autor
recae
sobre
todas
las
obras
del ingenio,
en
el
ámbito
literario
o
arIs9co,
cualquiera
que
sea
su
género,
forma
de
expresión,
mérito
o
finalidad.
Los
derechos
reconocidos
por
el
presente
Título
son
independientes
de
la
propiedad
del
objeto
material
en
el
cual
está
incorporada
la
obra
y
su
goce
o
ejercicio
no
están
supeditados
al
requisito
del
registro
o
al
cumplimiento
de
cualquier
otra
formalidad.
•
Art.
9.
Sin
perjuicio
de
los
derechos
que
subsistan
sobre
la
obra
originaria
y
de
la
...
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