cpcc entrerios

Páginas: 272 (67762 palabras) Publicado: 23 de julio de 2013
Código Procesal Civil y Comercial - Ley 9.776

ENTRARÁ EN VIGENCIA A PARTIR DE LOS 180 DÍAS DE SU PUBLICACIÓN
(Arts. 817 a 821 de la presente Ley)


Boletín Oficial, 24 de julio de 2007

Art. 1 - Apruébase y téngase por Ley de la Provincia el Código Procesal Civil y Comercial redactado por la Comisión Especial designada por el Decreto Nro. 4265/04 GOB, integrada por los Dres.Leonor Pañeda, Juan José Papetti y Juan Carlos Ardoy como representantes del Excelentísimo Superior Tribunal de Justicia; los Dres. Ricardo Italo Moreni, Roberto Croux y Angel Luis Dieci, por la Asociación de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de Entre Ríos; los Dres. Valentina Ramírez Amable, Graciela Aída Basaldúa de Torrealday y Luis María Ortiz Mallo, por el Instituto Alberdi; Dr.Guillermo Enderle por la Facultad Católica de Abogacía –Subsede Paraná; los Dres. Oscar Daniel Benedetto, René Saadi Bonfils y Juan Antonio Irurueta, por el Colegio de Abogados de Entre Ríos; la Dra. María Mercedes Maiztegui Martínez, por el INECIP; el Dr. Enrique Genaro Máximo Pita, como especialista invitado y el Dr. Virgilio Alejandro Galanti, como coordinador de la misma.

Art. 2 - Créanseocho (8) cargos de Juez de Primera Instancia con competencia en la aplicación del presente Código de Procedimientos a los efectos de ser utilizados para asegurar las finalidades de la presente. Dichos cargos podrán ser distribuidos territorialmente conforme necesidades por el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Entre Ríos. El Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas deberá proveer delas partidas presupuestarias correspondientes para atender las erogaciones de la utilización de estos cargos mediante asignaciones y reasignaciones presupuestarias.

Art. 3 - El Código Procesal Civil y Comercial aprobado por el Artículo 1º de la presente entrará en vigencia en las oportunidades previstas en sus Disposiciones Transitorias, Artículos 817º a 820º.

Art. 4 - Autorízase al PoderEjecutivo a realizar la publicación de dos mil quinientos ejemplares de la edición oficial del Código Procesal Civil y Comercial imputándose el gasto a la partida correspondiente del Presupuesto de la Provincia.

Art. 5 - Comuníquese, etc.-

Sala de Sesiones, Paraná, 20 de junio de 2007

PARTE GENERAL

LIBRO I
Disposiciones generales

TÍTULO I
ORGANO JUDICIAL

CAPITULO ICOMPETENCIA

Art. 1º: Carácter.- La competencia atribuida a los tribunales provinciales es improrrogable. Sin perjuicio de lo dispuesto por los tratados internacionales y por el artículo 12, inciso 4, de la Ley 48, exceptuase la competencia territorial, que podrá ser prorrogada de conformidad de partes. Si estos asuntos son de índole internacional, la prórroga podrá admitirse aún a favor de juecesextranjeros o de árbitros que actúen fuera de la República, salvo en los casos en que los tribunales argentinos tienen jurisdicción exclusiva o cuando la prórroga está prohibida por ley.-

Agregado me pertenece: Art. 12, Inc. 4 ley 48 –La jurisdicción de los tribunales nacionales en todas las causas especificadas en los artículos 1,2, y 3 será privativa, excluyendo a los juzg. de provincia, con lasexcepciones siguientes:(juzg. Provinciales)
Inc. 4:Siempre que en pleito civil un extranjero demande a una provincia, o a un ciudadano, o el bien el vecino de una provincia demande al vecino de otra ante un juez o un tribunal de provincia, o cuando siendo demandados el extranjero o el vecino de otra provincia, contesten a la demanda, sin oponer la excepción de declinatoria, se entenderá que lajurisdicción ha sido prorrogada , la causa se sustanciará y decidirá por los tribunales provinciales; y no podrá ser traída a la jurisdicción nacional por recurso alguno, salvo en los casos específicos del artículo 14.

Art. 2º: Prórroga Expresa o Tácita.- La prórroga se operará si surgiere de convenio escrito mediante el cual los interesados manifiesten explícitamente su decisión de someterse...
Leer documento completo

Regístrate para leer el documento completo.

Estos documentos también te pueden resultar útiles

  • CPCC
  • Art 128 Del Cpcc
  • ALIMENTOS Y LITIS EXPENSAS CPCC
  • costo construccion entrerios
  • Notificaciones en CPCC Santafesino
  • Codigo Procedimiento Laboral Provincia De Buenos Aires Y Cpcc

Conviértase en miembro formal de Buenas Tareas

INSCRÍBETE - ES GRATIS