Cuestionario T6 Derecho
1.- Los títulos valores:
Son documentos que incorporan un derecho de crédito
Para ejercer ese derecho, el poseedor del documento debe ser titular del derecho
Las acciones de una SA y las participaciones de una SL son títulos valores
Los títulos nominativos no se pueden transmitir
En todo caso, es suficiente poseer el título para ejercer el derechoincorporado.
Los títulos valores son documentos que incorporan un derecho de crédito, una promesa unilateral de realizar determina prestación a favor de quien resulte legítimo tenedor del documento. En las S.A. las acciones son títulos de participación social. Los títulos nominativos no se pueden transmitir porque mencionan expresamente el titular del derecho incorporado. Es necesario poseer el título –no suficiente- , en los títulos al portador es suficiente pero no en los títulos nominativos y a la orden.
2.- ¿Qué derechos confiere la titularidad de una acción?, ¿y de un cheque?
3.- Gemma Albort, en representación de Copismec, SL., adquirió material de imprenta por valor de 12.000 euros, en la mercantil Faus Media, SL. Para el pago de dicho importe las partes acordaron, en Valencia,el pasado 26 de abril emitir una letra de cambio pagadera el 24 de junio en el Banco de Valencia, oficina de la calle Barcas nº 45 (c/c nº 2387400930). Al día siguiente, Roberto Castells, administrador solidario de Faus Media, S.L., descontó el cambial en la Caja Rural de Torrent. Con los datos que se dan, rellena el siguiente título.
4.- ¿Qué significa que un título es a la orden por naturaleza?Art. 14.1 .Que no será necesaria la formula “a la orden”. Si el librador, al librar el titulo pone la cláusula “no a la orden” el titulo será transmisible en lo sucesivo como una cesión de crédito.
5.- El aceptante de la letra:
Es quien está dispuesto a pagarla si no lo hace el librado
El aceptante de la letra coincide con el librado y es quien está obligado a pagarla al vencimiento.
Esel obligado directo y principal a pagar la letra
Es el obligado principal y directo al pago de la letra, art. 25.
Es el acreedor que acepta cobrar su deuda a través de una letra
Deberá pagar cuando el librado le presente la letra
El aceptante no tiene que pagar al librado, en todo caso tendrá que pagar al librador que es quien presenta el documento al vencimiento.
Si no hay aceptante,la letra se perjudicará
6.- El pagaré:
Incorpora un mandato de pago dirigido al librado
Incorpora una promesa de realizar cualquier prestación a favor del tomador
Es emitido por el firmante
Vincula solidariamente a todos sus firmantes
Puede ser pagadero a la vista
El pagare incorpora una promesa de pago a nombre de la persona a quien haya de hacerse el pago o a cuya orden sehaya de efectuar –tomador-, quedando obligados solidariamente todos los firmantes. El pagaré es emitido por el firmante o firmantes – persona (as) que emiten el título-. No es pagadero a la vista, ya que el firmante se compromete a pagar una suma de dinero, en un lugar y fecha determinada.
7.- El cheque:
No es un título valor sino un título de pago
Su librado es siempre un banco
Elbanco está obligado a pagar desde que acepta el cheque.
Se debe hacer efectivo a los 15 días de su emisión.
Si el librador no hace provisión de fondos, el cheque es nulo.
El cheque es un título valor que sirve como medio de pago y no de crédito; su librador es siempre una entidad de crédito y debe presentarse a su cobro en un plazo de 15 días desde su emisión. Si el librador no tieneprovisión de fondos en poder de la entidad financiera librado incurrirá en una sanción civil –art. 108-.
8.- Con el endoso:
Se transmite la titularidad del crédito incorporado
El endosatario se obliga al pago del título
Endosante se obliga solidariamente con el librador o firmante al pago.
Se legitima al endosatario para cobrar el título.
El endosatario se convierte en tenedor y...
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